Deudas de un fallecido.

Un señor fallece sin dejar testamento. Deja hijos y nietos, estos menores de edad. Se encontraba separado legalmente. Tiene hermanos vivos. Con el que suscribe tenía una deuda acreditada legalmente.

Los hijos han renunciado ante notario a la herencia de su padre.

Mi pregunta es la siguiente: ¿A quién le reclamo el pago de la deuda?

Saludos

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Derecho Civil Vigo Angeles Fernández Berceruelo
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Vd. debe reclamar la deuda a los herederos del fallecido, Vd. puede dirigirse a los "llamados a la herencia" para que se pronuncien sobre si aceptan o renuncian a la misma, y si aceptan de manera pura y simple podrá dirigirse frente a los mismos. Si los hijos han renunciado, depende de la manera en que lo hayan hecho, los siguientes llamados a la herencia serían los nietos, y si estos renunciasen o sus padres lo hubieran hecho de manera en que ya no fueran llamados, los siguientes serán los hermanos de doble vínculo, y así ... hasta los primos hermanos, que son los últimos familiares que la ley contempla como herederos abintestato. En todo caso, es una situación compleja que requiere de un estudio más detallado para decidir cual es la mejor manera de actuar. Estoy a su disposición en mi despacho profesional, solicitando cita previa.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
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Buenos días,

Tal y como le indica la compañera que le ha escrito antes, al renunciar a la herencia los hijos tampoco se harán cargo de las deudas.

Tiene que comprobar a ver quien se ha hecho cargo de sus bienes, toda vez que quien lo haya hecho estará aceptando la herencia tácitamente y por lo tanto tendrá que aceptar también sus deudas.

En caso de que todos hayan renunciado a la herencia podrá usted hacerse con los bienes del deudor para saldar el pago de su deuda.

En la práctica es una situación compleja, así que sería conveniente que concierte una cita con un abogado para explicarle la forma en que debe actuar.

Un saludo,

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Como han respondido mis compañeros, deberá dirigir su reclamación a los herederos del deudor y ver si éstos han renunciado o no a la herencia, así como si el difunto ha dejado algún bien. El asunto requiere un estudio del asunto y por eso le invito a que se ponga en contacto con el despacho.

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