Dias indemnizacion según tipo contrato

Buenas tardes, tengo contrato por obra y servicio, tengo entendido que la indemnización por despido improcedente son de 8 días/ año trabajado (por favor, corrijanme si me equivoco).
Mi pregunta es, si me cambian el contrato a indefinido, la indemnización (despido improcedente) seria de 8 días hasta la fecha del cambio de contrato o como se abonaría entonces ? Por adelantado, muchas gracias por el interés tomado. Un saludo

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Contestado

La indemnización por cese o fin de contrato de obra y servicio (que no por despido improcedente, que no es el caso) es: de 8 días año hasta 1-1-12, de 9 días a partir de esa fecha hasta el 1-1-13 y de 10 días a partir de esa fecha.
Se deberán abonar, con el resto de los importes que integran el finiquito, en la fecha en que se extinga el contrato de obra y servicio, aunque al día siguiente se inicie el contrato como indefinido.
Quedo a su disposición.
Jesús Villodre

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