Disolución gananciales: ¿Cuanto me costaría legalizar esta situación?

Buenas, estoy divorciada desde hace 3 años, pero no hemos hecho la disolución de gananciales, lo que sí tenemos es un contrato privado de compra-venta de la vivienda. ¿Cuanto me costaría legalizar esta situación, para que no haya problemas en un futuro?
Lo que sí está resuelto es el tema del mobiliario y de los vehículos que está firmado en la sentencia.
No recibo ningún tipo de pensión por parte de mi exmarido, ni mis hijas tampoco, en contraprestación con el pago del piso.
Gracias. Un saludo,

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Pueden acudir a un notario y regularizar la disolución, pero no veo claro que exista un contrato de compraventa y él no pague pensión de alimentos. Es legal que los alimentos que el padre ha de abonar se hagan en especie, por ejemplo donando la mitad de su propiedad de la vivienda, pero si eran menores de edad cuando ustedes se divorciaron me parece extraño que no se hayan fijado pensiones a los menores, porque el Fiscal no lo permite, es un derecho irrenunciable.
Para la disolución, tienen que otorgar escritura con lotes equitativos, compensándose mutuamente si alguno se atribuye más bienes.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Buenos días: Depende de lo que usted quiera hacer, si lo que pretende es elevar a publico un documento privado y es asunto en el que están ambos de acuerdo, el precio es mas barato, que si tiene que interponer un procedimiento de disolución de gananciales o un procedimiento declarativo ordinario contencioso. Para todo ello hay que ver los documentos y saber que via le interesaría ejercer. Un saludo

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Bufete Ledesma y Tavero

Bufete Ledesma y Tavero

Abogado de Móstoles especializado en Derecho de Familia

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Cuando alguien se divorcia, el simple hecho del divorcio ya produce la DISOLUCIÓN de la sociedad de gananciales; lo que usted pretende hacer ahora es la LIQUIDACIÓN o reparto de esos gananciales. Puede hacerlo ante Notario, y el precio ronda sobre los 300€, aunque depende del valor de los bienes. Si quiere, podemos ayudarle con los trámites.

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ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
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Depende de la cuantía a repartir.
El contrato privado sirve como prueba pero no para cambiar titular en registro.
Es necesario escritura pública o sentencia para ello.
Si lo desea puede pedir cita y traer sentencia y documentos de bienes que tiene la sociedad de gananciales.

Un saludo.

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