Duda sobre división de la cosa común

Hola, mi hermana y yo tenemos un piso en propiedad al 50% cada uno. No me deja entrar, cambió la llave en 2009, ni me quiere comprar mi parte ni quiere vender, y yo quiero dejar se ser propietario de ese piso. Yo me estoy planteando seriamente hacer la división de la cosa común porque no veo otra salida con ella . Hace dos días me escribe para que firme y autorice a un abogado para actuar en nombre de los dos y tomar medidas contra la comunidad por unos desperfectos causados. Mi pregunta es, si yo firmo y se inicia ese proceso legal por los desperfectos, ¿podría interferir con el proceso que yo lleve a cabo para la división de la cosa común? Gracias

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo aconsejable en una situación como la que comenta es que la aproveche para alcanzar un acuerdo sobre el uso de la vivienda y la disolución de la comunidad, no siendo admisible que no tenga las llaves de una vivienda que también le pertenece, salvo que concurran circunstancias que no comenta que expliquen el proceder de su hermana para dejarla sin llaves desde el año 2009 y que usted no haya reaccionado ante eso en todo este tiempo. Finalmente, le indicamos que la disolución de la comunidad y la reclamación de daños a la Comunidad no tienen nada que ver entre sí, pero si da su consentimiento tendrá que asumir los gastos que supone dicha actuación y la condena en costas si pierden, por lo que en un principio no es aconsejable que autorice nada sin saber el alcance que tienen las cosas y sin tratar de resolver por completo este asunto. Si desea que le asesoremos, puede contactar con nosotros y pedirnos un presupuesto.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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No interfiere en principio pues que usted quiera deshacerse de su cuota en el condominio en su momento es independiente de que ahora ejerza sus deberes de conservacion del inmueble contra los que han causado esos desperfectos.

Ahora bien. Una cosa es que legalmente no interfiera y otra que oportunamente le convenga. ¿Por qué no hace la sugerencia a su hermana de que esa firma se condicione a la compra de su parte? Un acuerdo en esos términos puede ser mas conveniente que seguir en el actual estado de cosas....

Y le conviene saber que no tiene por qué litigar con el abogado que ha designado su hermana. Tiene derecho a elegirlo

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GONZALO & GONZALEZ ABOGADOS

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Abogado de Fuengirola especializado en Derecho de Familia

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Hola, no interfiere en nada pues sería otro procedimiento completamente independiente y que nada tiene que ver. Siempre con la cautela de para qué otorga dichos poderes, lo que sí y seguramente ocurra es que tenga que incurrir en el pago de esos gastos contra la comunidad.
Si necesita ayuda o asesoramiento, la podemos ayudar al respecto.
Un saludo.

Roberto Gonzalo
Gonzalo & González Abogados

Gestiones Gonzalo

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ALBA & LUNA ABOGADOS

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Abogado de Benalmádena especializado en Derecho Civil

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La respuesta es clara, no, siempre que en ese poder no autorice a firmar o llegar acuerdos como un pacto de no venta, con una duración máxima de 10 años, en su nombre.

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ABOGADO DIVORCIO MÁLAGA Salvador Trigo Nuñez
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NO. No le afectará absolutamente en nada siempre y cuando no le de poder para vender ni nada por el estilo.

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