Embargo por alimentos

Hace años mi mama demando a mi papa por alimentos el pago la deuda hace unos siete años, pero ya le habían embargo la casa, pues mi padre dice que sigue el embargo después de los siete años. ¿Qué puedo hacer para remediar esto?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Puede acudir al procedimiento donde se acordó el embargo y comprobar que la deuda está completamente pagada en cuyo caso el Juzgado habrá expedido mandamiento de cancelación que deberá ser liquidada y presentada al Registro de la Propiedad correspondiente para que se cancele la carga en el Registro. El coste de dichas operaciones corresponde al deudor.

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Ley de segunda oportunidad Zaragoza JUAN MANUEL PALACIO MARCO
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El embargo por impago de alimentos es consecuencia del impago de la pensión fijada para mantener a los hijos del matrimonio .El embargo se mantiene hasta que se cubre la cantidad fijada , y se abona en su totalidad.Es un embargo que tiene carácter preferente ver art.607 y sus LEC. Atentamente.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Lo que puede hacer es decirle a su padre que pague lo que debe a su madre para que así se puede quitar el embargo que tiene sobre la casa. Algo tan sencillo como eso. Mientras siga debiendo, continuará el embargo.

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