¿Es conveniente que realice la compraventa de la casa si noto irregularidades?

Buenos días.
Quiero comprar un casa y mi pregunta es la siguiente, a la hora de pedir la nota simple de la vivienda he visto que el importe que figura en dicha nota no coincide con el documento de cancelación de la hipoteca de la vendedora, el problema viene porque en su día no se hizo la cancelación registral del préstamo promotor y ese es el importe que figura en la nota simple. La vendedora me está metiendo prisa para realizar la firma asegurándome que no ocurre nada porque ambos importes sean distintos, y yo tengo bastantes dudas de realizar la firma debido a la prisa con la que veo a la vendedora, por ello me gustaría saber si me pueden poner algún tipo de pegas a la hora de firmar porque ambos importes sean distintos.

También me queda la duda de por qué no se ha registrado su hipoteca ya que no figura como carga en la nota simple, el problema viene porque tengo firmado un contrato de arras y si la vendedora realiza la cancelación registral del préstamo promotor no va a cumplir la fecha pactada en dicho contrato para la firma, con lo cual le puedo reclamar la devolución del importe entregado como señas. En fin que no se si esperar a que realice dicha cancelación y que todos los documentos estén correctos o firmar de esta manera.

Muchas gracias.

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ABOGADO DIVORCIO ELCHE ESTHER BARBUDO VAZQUEZ
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Nuestra recomendación para evitar que no tenga ninguna sorpresa serían las que siguen:
1º.- Obtenga una certificación actualizada (a ser posible del mismo día, si la firma es por la tarde o a última hora de la mañana, o del día anterior) del Registro de la Propiedad con el histórico completo de titulares, en virtud de qué titulo o negocio jurídico ha figurado a su nombre y cargas (hipotecas, anotaciones preventivas de embargo, etc, usufructo, arrendamientos, etc).
Esto es fundamental, porque la nota simple puede no estar actualizada o bien omitir datos esenciales para saber si tiene una nueva hipoteca, o si el verdadero titular es el que vende y si está libre de arrendamientos y embargos, etc.
2º.- Pida el último recibo de la hipoteca al vendedor, en acreditación de cuál es el saldo pendiente de amortizar al momento de la firma.
3º.- Pida el certificado acreditativo de estar al corriente de impuestos, comunidad, etc.
4º.- Exija se incluya en el contrato de escritura pública de compraventa una cláusula en la que se indique que la finca se vende libre de cargas y gravámenes (hipotecas, arrendamientos, anotaciones de embargo, etc), a fin de que sea el que vende el que deba asumir el pago y cancelación de las anteriores cargas en caso de existir.
5º.- Antes de firmar, recomendamos pida unas horas antes el borrador en la Notaría para que usted pueda remitirlo a su abogado de confianza, a fin de que lo pueda acompañar o asesorar antes de la firma.
Para más información, quedamos a su disposición para cualquier aclaración así como para encargarnos de cualquier trámite que nos pudiere encomendar.
Sin otro particular, reciba saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimada cliente: la nota simple sólo es una información que no garantiza la ausencia de errores, por lo que sería conveniente que solicitara una certificación registral, que tiene carácter de documento público y otorga una presunción de legalidad a los actos y contratos inscritos en ella reflejados, y se encuentran bajo la protección y amparo de los Tribunales.
Además, a través de la nota simple no se puede dar información de titulares antiguos o de derechos que ya están cancelados (así que puede que sea por este motivo que no cuadren los importes).
Por lo tanto, le recomendaría que solicite esa certificación.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Le sugiero que en la escritura de compraventa le pongan una cláusula de que la finca se vende libre de cargas y gravámenes, y tenga en cuenta que es el vendedor quien debe cancelar cualquier hipoteca que tenga la finca, salvo que usted quiera subrogarse en la misma. No obstante, antes de firmar, si tiene alguna duda pregunte al notario, por cuanto el mismo está obligado a aclararle cualquier duda.

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ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

ABOGADOS FAMILIA Y CIVIL ALICANTE

Abogado de Alicante/Alacant especializado en Derecho Civil

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¿En el contrato de arras se hizo constar la carga? En la escritura debe hacerse constar que la vivienda se transmite libre de cargas y gravámenes. El vendedor debe cumplir con lo acordado. Debería estar cancelada la hipoteca a la fecha en que se escriture.
Si necesita cualquier aclaración no dude en contactar con este despacho. Un saludo.

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PEDRALBES ABOGADOS

PEDRALBES ABOGADOS

Abogado de Barcelona especializado en Fusiones y Adquisiciones

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Buenos días,
Lo normal es que os importes no coinciden, el importe importante es el que figure en el último recibo que le proporcione el banco.

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