¿Es despido justificado si es por faltas?

Tengo 3 años y medio trabajando para una empresa, ¿es posible que te puedan correr por faltas sin que te den lo que corresponde por ley? Porque según tengo entendido, si acumulas 4 faltas en un lapso de 30 días es baja automática sin indemnización y sin derecho a nada, los últimos 2 meses he faltado de 2 a 3 veces en 30 días, cuido de no acumular las 4 faltas por lo mismo y de hecho he pagado con suspensiones a causa de mis faltas.

Si mi jefe ya no me quiere en la empresa y en caso que me corra y no quererle firmar la renuncia, ¿qué pasa? ¿La empresa debe de darme lo que me corresponde por ley? ¿O es despido justificado? Necesito asesoría de antemano. Gracias.

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ABOGADO EXTRANJERIA MALAGA EadWeard Estudio Legal
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Buenos días,
En el caso que le despidieran habrá que conocer el motivo de su despido y debe percibir lo que le corresponda por ley. La máxima sanción cuando existe un incumplimiento grave y culpable de trabajador es el despido disciplinario no da derecho a indemnización y uno de los motivos son las faltas repetidas e injustificadas de asistencia al trabajo. Se considera falta muy grave no acudir al trabajo más de tres días seguidos en un periodo de un mes y habrá que ver lo que disponga el convenio colectivo de aplicación en relación a las faltas acumuladas.
Para cualquier aclaración, puede ponerse en contacto con este despacho
Reciba un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
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Lamento comunicarle que con un despido disciplinario como está indicando, no tiene derecho a indemnización por despido.
En cuanto a las faltas, su convenio colectivo tiene que disponer el numero de ellas que harán falta para que su jefe pueda extinguir la relación laboral sin abonarle indemnización, ya que el despido seria ajustado a derecho por sus incumplimientos, en caso de que estos sean reales.
Quedamos su completa disposición si tiene algún tipo de duda.

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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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Estimado cliente: Siento comunicarle que los hechos que aquí nos relata son suficientes para poder proceder a un despido objetivo. Esto quiere decir que debe de cobrar el finiquito pero no indemnización.

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