¿Es necesario timbrar un efecto cuyo librado reside en el extranjero?

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Contestado

Buenos días; al ser tan escueto en su pregunta no sé exactamente que es lo que quiere saber, podría ser una letra de cambio librada por una persona que reside en el extranjero?, si es así las letras de cambio ya llevan el timbre incorporado, independientemente de la residencia del librado, con la finalidad de que si no es abonada a su vencimiento, tenga valor ejecutivo. Puede valorar la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo

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