Es posible solicitar extinción de la pensión por alimentos?
ABOGADO LABORAL ALCALÁ DE HENARES - Elena Martinez Moncada
Abogado de Alcalá de Henares especializado en Derecho Laboral
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Buenas tardes, usted en lugar de dejar de pagar la pensión voluntariamente debería haber instado una modificación de medidas en la que solicitase que se le reduzca la pensión acreditando circunstancias que así lo indiquen, por ejemplo que ha perdido usted su empleo y sus ingresos han disminuido considerablemente, o bien solicitando como usted indica la extinción de la pensión por alimentos por una mejora económica de sus hijos por la herencia recibida tras la muerte de su madre, podría tenerse en cuenta a la hora de juzgar sobre la existencia o inexistencia de desequilibrio económico actual, para lo cual debería usted demostrar que ha existido esta herencia y que el importe de lo heredado es suficiente para ello.
Para mas información le atenderemos muy gustosamente en nuestro despacho.
Para poder pedir la extinción de la pensión de alimentos es necesario interponer un procedimiento de modificación de medidas. En su caso particular, dado que sus hijos han ido a mejor fortuna y Ud. a peor es muy factible que consiga al menos reducir la cuantía o su extinción.
No obstante tendría que estudiar la sentencia de divorcio y convenio regulador. Contacte con este Despacho y le asesoraremos adecuadamente.
Buenas tardes, en el caso que nos plantea es necesario interponga una demanda de modificación de medidas, al haberse producido una modificación sustancial de las condiciones en las que se acordó la pensión, esto es, sus hijos han mejorado económicamente su situación y usted por desgracia ha empeorado.
En muy difícil concedan la extinción de la pensión, pero si rebajarla al mínimo posible.
Un saludo
Buenos días,
En un principio, en su caso sería recomendable presentar una demanda de modificación de medidas con el fin de extinguir la pensión de alimentos o reducir el importe de la misma.
Ahora bien, necesitaría conocer con más detalle la situación con el fin de poder asesorarle en beneficio de sus intereses.
Saludos
AVIN Abogados
Entiendo con lo que explica que sus hijos han venido a mejor fortuna, y tienen bienes propios recibidos por herencia, desde luego puede rebajarse al mínimo la pensión de alimentos, y de hecho, por lo expone, no le están reclamando nada sus hijos, es decir, no se ejecuta la sentencia.