Quieren escriturar un inmueble por encima del precio de venta ¿cómo puede perjudicarme eso?
Abogado Urbanismo Madrid INMOURBANISMO
Abogado de Madrid especializado en Derecho Inmobiliario
Hola buenos días:
Respecto a la pregunta que hace, no hay consecuencias fiscales, ya que está poniendo el precio establecido en el módulo, con lo que no va a sufrir ninguna revisión fiscal.
Pero lo que sí debe de tener en cuenta es que a la hora de otorgar la escritura, es obligatorio poner cómo se paga y de dónde ha salido el dinero de manera precisa. Ya no se admite decir confesado recibido y la diferencia es considerable y no puede inventarse una salida de dinero que no existe.
Lo que no sé es si de manera previa a la escritura han firmado algún tipo de contrato o tienen intención de firmarlo. Si lo van a firmar se podría mirar algún tipo de solución.
Quedo a su disposición para ampliarle la información, encaso de que así lo quisiera. Puede ponerse en contacto conmigo.
Un saludo.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Para no tener problemas, de ningún tipo con Hacienda, le sugiero que ponga en la escritura el precio real por el que vende el piso, dado que, además en la escritura tendrá que protocolizarse el medio de pago, que lo lógico es que sea mediante cheques nominativos.
Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
La ley de blanqueo de capitales exige que en las escrituras se haga constar los medios de pago, por lo que dudo mucho que le admitan figurar que le han pagado un precio superior al que van a a acreditar en la escritura. Yo no le recomiendo que lo haga.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Tendrá que declarar en el IRPF como valor de enajenación el que aparece en la escritura y eso puede (o no, dependiendo de cual fuera el valor de adquisición) generar un incremento patrimonial y tener que pagar impuestos.
Abogado Derecho inmobiliario Madrid - Despacho Jurídico Alvarez Pulido
Abogado de Rozas de Madrid especializado en Contencioso Administrativo
A parte de la falsedad al menos ideológica de su conducta, la repercusión es fiscal, porque a Vd. le aparece que ha recibido 134.000 € y tributará por ese dinero en su IRPF.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, según la linea que siguen mis compañero, a usted le va a repercutir en el IRPF de 2015. Un saludo.