¿Estoy obligado a pagar gastos extraordinarios si se hicieron sin mi consentimiento?
ESTUDIO JURÍDICO GONZALEZ COLOMA
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Buenos días, según lo que dice usted las clases de apoyo están declarados como gastos extraordinarios, si bien se precisa el consentimiento de ambos cónyuges o en su defecto autorización judicial. Si usted no da el consentimiento su ex mujer podrá solicitar autorización judicial por lo que tendrá que asumir los costes de un proceso, que en definitiva le será más costoso que pagar la mitad de la academia de su hija, además del desgaste personal que conlleva todo ello.
Abogado arrendamientos Madrid - Cristina Amor Barrado
Abogado de Leganés especializado en Derecho de Familia
Buenos días, los gastos extraordinarios deben ser un consenso entre los dos progenitores, pero en caso de no haber concordancia, la madre, en este caso, puede solicitar autorización judicial, y siendo una academia, que es un bien para la menor, seguramente lo autorice. Espero que le sirva la información, si lo desea puede contactar con mi despacho donde le explicaremos todas aquellas dudas que le surjan. Reciba un cordial saludo.