Finiquito despido por cierre de tienda sin perdidas. vende
Buenas tardes:
En su caso, tal y como lo describe, el dueño de la tienda le tiene que indemnizar como si se tratara de un despido improcedente con una cantidad de 45 días por año por el tiempo transcurrido entre 19/09/2007 y el 12/02/2012 y de 33 días por año trabajado partir del 13/02/12 y el día del despido. El salario que ha de tener en cuenta para el calculo de su indemnización es el de la fecha del despido, en concreto, el percibido en el último mes, prorrtaeado con las pagas extraordinarias. además le tienen que pagar los días de vacaciones no disfrutados.
Tal y como describe la situación creo que no ha lugar a considerar el despido por causas objetivas.
Un saludo
Abogado Indemnización por despido Barcelona Marben Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Despidos
Buenos días. El hecho de vender el negocio no es motivo para un despido procedente, ya que si la actividad empresarial subsiste, habría una continuidad.
Si le están despidiendo por causas objetivas, puede ser muy discutible y es muy posible que se pueda reclamar un despido improcedente.
En cuanto al importe del finiquito, podríamos calcularlo con las nóminas.
Le podemos dar una cita para ver su caso y que pueda decidir con la información facilitada, sin ningún compromiso.
Esta claro que si vende la empresa no puede aplicar un despido por causas objetivas, y en todo caso ha de demostrar las perdidas continuadas.
Para el calculo de la indemnización y la liquidación necesitamos saber los datos de sus ultimas nóminas para hacer el cálculo efectivo en base a despido improcedente.
Puede ponerse en contacto con nosotros.