Fiscalidad en ere nulo
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Contestado
Buenos días:
Debe hacer una declaración complementaria de 2014, ya que ha devengado en dicho periodo salarios de tramitación, y no desempleo, habiendo de imputarse las retenciones correspondientes asimismo a los periodos de devengo (y no de pago).
Es exigible a la empresa que le comunique los rendimientos y retenciones desglosados por ejercicios. Los 9 meses del 2.014 no han de imputarse a 2.015 en cuento a los rendimientos y retenciones (Conculta vinculante Dirección General de Tributos de 10 de diciembre de 2012).
Saludos,
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