Guardia y custodia cambio de domicilio

Tengo una hija de 9 años. La guardia y custodia es completamente mía. Llevó mas de un año intentando poder cambiarme de domicilio a Sevilla para poder vivir junto a mi pareja con la que tengo una relación desde hace tres años. El padre se niega a darme el permiso para llevarme a mi hija, mi abogado de oficio no hace absolutamente nada, desde septiembre del año pasado que me lo asignaron. El padre lleva sin pagar la pensión mas de 5 meses,y hace un mes comenzó una relación con una mujer que esta diagnosticada como esquizofrenica paranoide desde hace mas de 20 años. A mi hija la obligan a estar con esa mujer cuando le tocan las visitas con su padre. Mi propia hija me a pedido que nos vayamos y ni los educadores sociales que nos fueron asignados nos ayudan a poder conseguirlo. Estoy desesperada, no se que hacer ya que en un mes empiezan las vacaciones, mi hija no quiere pasarlas con su padre y su pareja porque no se encuentra a gusto,ya que se tiran todo el día en el bar bebiendo alcohol y besándose delante de ella. Que puedo hacer, necesito ayuda por favor.A parte de eso tampoco tenemos ningún apoyo familiar ya que la familia nos ha excluido por problemas con ellos y el único apoyo del que disponemos es mi pareja que reside en Sevilla.

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Abogado Cláusula Suelo Vitoria Alicia Codés San Martín Alsasua

Abogado Cláusula Suelo Vitoria Alicia Codés San Martín Alsasua

Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil

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Dado que ya tiene la guarda y custodia en exclusiva, hay que modificar el convenio regulador, ya que va a haber un cambio sustancial en el mismo al marcharse a Sevilla, por lo que el tiempo que el padre pasa con su hija posiblemente se reduzca solo a las vacaciones. Tenga en cuenta que sigue teniendo la patria potestad de su hija, continúa siendo su padre y tiene todo el derecho a seguir viéndola y a comunicarse con ella, por lo que no se quedará de brazos cruzados. Se debería solicitar valoración psicológica tanto de la menor como de vosotros, sus progenitores, por parte del equipo psicosocial del juzgado, para arrojar luz sobre el estado emocional de la menor, sobre todo, y poder valorar jurídicamente el estado actual y el futuro bienestar de la niña.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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BUFET JURÍDIC INTERNACIONAL VIDAL i CARDONA
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Para hacerlo correctamente debe pedir judicialmente o bien autotización para marcharse a Sevilla o bien modificación de medidas para cambiar el regimen de visitas si es perjudicial para la niña. No es facil.
También puede reclamar judcialmente el impago de pensiones.
Si tiene ya un abogado de oficio pidale a él toda la información.

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