¿Hay plazo de tiempo para poner un recurso de casación?
ABOGADO URBANISMO CORUÑA CARREIRA ABOGADOS
Abogado de Coruña especializado en Derecho Inmobiliario
-
1 voto útil
-
Mejor respuesta según autor
El articulo 479 de la LEC, establece que el recurso de casación se interpondrá ante el tribunal que haya dictado la Sentencia que se impugne dentro del plazo de veinte días contados desde el día siguiente a la notificación de aquélla.
En principio, si su Sentencia es de 10 de enero de 2014 y se la notificaron en ese mismo mes, el plazo habría transcurrido con creces.
De todos modos, el recurso de Casación solamente se puede interponer frente a las Sentencias que se encuentren en los siguientes supuestos:
1.º Cuando se dictaran para la tutela judicial civil de derechos fundamentales, excepto los que reconoce el artículo 24 de la Constitución.
2.º Siempre que la cuantía del proceso excediere de 600.000 euros.
3.º Cuando la cuantía del proceso no excediere de 600.000 euros o este se haya tramitado por razón de la materia, siempre que, en ambos casos, la resolución del recurso presente interés casacional.
Esperamos haberle sido de ayuda.
Un cordial saludo.
Abogado Mercantil Zaragoza ALBERTO HERNÁNDEZ PINILLA
Abogado de Zaragoza especializado en Reclamaciones de Impagados
En primer lugar, habría que saber si nos encontramos ante un procedimiento civil o penal para poder informarle correctamente de los plazos. Hay Sentencias que son susceptibles de recurso de casación y otras que no lo son. Por tanto, falta información para contestarle.
En cualquier caso, si su Sentencia es del 10 de enero de 2014, en cualquiera de las dos jurisdicciones, el plazo para interponer el recurso de casación ha precluido con creces.
Un saludo
Buenos días:
El plazo para interponer recurso de casación es de 20 días hábiles desde la notificación de la Sentencia, de forma que si la resolución fue notificada el 14 de enero el plazo ya ha pasado.
Quedamos a su disposición para lo que pueda necesitar.
Muchas gracias
Un saludo