¿Hay que pagar tasas en los juicios laborales, si eres el trabajador?

Perdido el juicio disciplinario, y declarar el despido PROCEDENTE me dicen que para interponer ante el T.S.J. tengo que haber ingresado 300 Euros, en el Bco, según la Sentencia. ¿Qué pasa si no tienes ese dinero, y quieres recurrir?

Respuestas de otros profesionales:
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Buenos días, actualmente en la Jurisdicción Social no hay que pagar tasas, por tanto puede usted interponer recurso, pues está exento de pago de tasa.

Si necesita usted asesoramiento, estamos a su servicio en nuestro despacho contacte con nosotros.

Encantados de atender su consulta.

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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En el caso que comenta y si tiene la condición de trabajador, según resulta de lo que comenta, no tiene que abonar ningún depósito para recurrir en suplicación (art. 229.1 Ley 36/2011), no teniendo que abonar tampoco ninguna tasa.

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Avin Abogados

Avin Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

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Buenas tardes,
Para interponer un recurso ante el TSJ, siendo persona física, podría usted recurrir sin tener que abonar tasas.
Quedamos a su disposición en Avin Abogados

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Actualmente para las personas físicas se han suprimido las tasas, otra cosas es el depósito para recurrir.

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HERNANDO & HERRERO

HERNANDO & HERRERO

Abogado de Madrid especializado en Derecho del Trabajo

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Siendo trabajador no tiene que abonar ningún depósito para recurrir

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