¿Hay sanción por no hacer declaración de herederos?

Mis primos y yo teníamos una tía que al fallecer ha dejado solamente una cuenta con unos 20.000 euros. pero para hacer la declaración de herederos necesitaríamos provisionar alrededor de 3.000... si no me equivoco por la cuantía que supone estaría exento de pago de impuesto por transmisión patrimonial, pero pueden multarnos por no haber hecho la correspondiente declaración de herederos? y si es así, seria menor la cuantía de la sanción que los gastos notariales y de gestoría derivados de la presentación? es decir, nos convendría esperar a la sanción?
gracias de antemano
un saludo

Respuestas de otros profesionales:
Premium
Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
Contestado

Buenos días, efectivamente por ese cuantía está exento de pago. La sanción solo se la pondrían en caso de repartirse la herencia y no liquidar el impuesto o hacerlo pasados 6 meses. Hasta el 5 mes pueden pedir una prórroga de otros 6 meses.

En cualquier caso, para repartir esos 20.000 euros el banco les va a exigir la declaración de herederos y la escritura de adjudicación de herencia. 3.000 euros nos parece una cantidad realmente excesiva para los gastos que tiene una herencia de esa cuantía, por lo que si desea que le pasemos un presupuesto más ajustado no dude en contactarnos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Premium
Abogado accidentes tráfico Córdoba - Fernando Alcántara Abogados
Contestado

Buenos días: La herencia, según los datos que me facilita, está exenta del Impuesto de Sucesiones. No obstante, están obligados a presentar la declaración de este impuesto dentro del plazo de seis meses desde el fallecimiento. Si no lo han hecho en este plazo, serán sancionados. El importe de esta sanción, con la reducción de pago en periodo voluntario, no supera los 200 €. Saludos cordiales.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Contestado

Para una mejor y mas acertada respuesta, deberíamos conocer el número de primos, es decir, el número de herederos. En cualquier caso, para acceder al dinero van a tener que realizar la declaración de herederos y la adjudicación de la herencia. Quedamos a su disposición para concretar algunos extremos de su consulta y poderle dar una respuesta mas rigurosa. Saludos cordiales

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado