Herencia hija fallecida
Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
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Buenos días,
De acuerdo con el art. 806 y ss. del Cc aunque usted no dejará testamento sus nietos serían herederos forzosos de la parte destinada a la legítima.
La legítima, es una parte de la herencia (un tercio) que si o sí debe repartirse entre los herederos a partes iguales. Por ejemplo, en el caso de que usted tuviera tres hijos y la legítima tuviera un valor de 9, a cada uno de ellos les correspondería 3.
Pero, como uno de sus tres hijos ha fallecido, los hijos le sustituirían. Por lo que sería 3 para cada uno de los dos hijos que todavía viven, y los 3 restantes se repartirían entre sus dos nietos a partes iguales.
Espero haber resuelto su duda, en caso contrario, o de cualquier otra consulta dude en ponerse en contacto por nosotros por esta vía o en nuestras oficinas.
Un saludo.
Gallardo y Valderas Abogados
Abogado de Granada especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Mejor respuesta según autor
Buenos dias,
Efectivamente sus nietos son herederos forzosos, por tanto, tiene que dejarles la legitima estricta al menos (siempre que tenga algun heredero forzoso mas).
Abogado divorcio Granada - Salvador & Co Abogados
Abogado de Granada especializado en Derecho Civil
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Buenos días,
Para responder a esta cuestión habría que saber dónde residían la madre fallecida, pues la legislación España puede cambia según estemos en un lugar u otro. Pero suponiendo que se aplica el Codigo Civil Español:
La herencia se divide en tres partes, una parte que será a libre elección del testador para quien quiera, otro tercio que será para estrictamente para sus hijos y el ultimo tercio para mejorar la de la parte de la herencia de alguno de los anteriores.
Si necesita más información le atenderemos y estudiaremos su caso gratis.
Un cordial saludo.
Salvador & Co Abogados
Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
Abogado de Burgos especializado en Violencia de género
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Si. En el testamento y dado que su hija ha fallecido con anterioridad, deberá indicar a sus hijos en representación de la madre. Otra cosa distinta es la parte que usted puede dejarles. Por Ley únicamente está obligada a dejar la legítima estricta que es un tercio de la herencia a todos sus hijos o descendientes; otra tercio que es el de mejora puede dejarlo a todos o a alguno de sus legitimarios de manera igual o desigual; y el último tercio es de libre disposición que puede dejarlo a quien estime oportuno.
Abogado Familia Motril Caracuel Abogados
Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia
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La herencia se divide en tres tercios: un tercio que es le legítima estricta que se adjudica a todos los hijos por parte iguales (o nietos en caso de premoriencia de algún hijo); otro tercio que es la legítima extensa con la que s e puede mejorar a algún hijo (o nietos en caso de premoriencia de algún hijo); y otro tercio que es el de libre disposición, que se puede dejar a quien quiera (heredero forzoso o no) el testador.-
Un saludo.-