Herencia hija fallecida

Mi hija falleció hace 5 años dejando dos niños. ¿En el testamento tengo que dejar la parte de mi hija fallecida a los dos nietos?

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Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
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Buenos días,

De acuerdo con el art. 806 y ss. del Cc aunque usted no dejará testamento sus nietos serían herederos forzosos de la parte destinada a la legítima.

La legítima, es una parte de la herencia (un tercio) que si o sí debe repartirse entre los herederos a partes iguales. Por ejemplo, en el caso de que usted tuviera tres hijos y la legítima tuviera un valor de 9, a cada uno de ellos les correspondería 3.

Pero, como uno de sus tres hijos ha fallecido, los hijos le sustituirían. Por lo que sería 3 para cada uno de los dos hijos que todavía viven, y los 3 restantes se repartirían entre sus dos nietos a partes iguales.

Espero haber resuelto su duda, en caso contrario, o de cualquier otra consulta dude en ponerse en contacto por nosotros por esta vía o en nuestras oficinas.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Gallardo y Valderas Abogados
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Buenos dias,
Efectivamente sus nietos son herederos forzosos, por tanto, tiene que dejarles la legitima estricta al menos (siempre que tenga algun heredero forzoso mas).

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Abogado divorcio Granada - Salvador & Co Abogados
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Buenos días,

Para responder a esta cuestión habría que saber dónde residían la madre fallecida, pues la legislación España puede cambia según estemos en un lugar u otro. Pero suponiendo que se aplica el Codigo Civil Español:

La herencia se divide en tres partes, una parte que será a libre elección del testador para quien quiera, otro tercio que será para estrictamente para sus hijos y el ultimo tercio para mejorar la de la parte de la herencia de alguno de los anteriores.

Si necesita más información le atenderemos y estudiaremos su caso gratis.

Un cordial saludo.
Salvador & Co Abogados

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Abogado Herencias y Sucesiones Burgos - Abogadas Vizcarra Y Glera
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Si. En el testamento y dado que su hija ha fallecido con anterioridad, deberá indicar a sus hijos en representación de la madre. Otra cosa distinta es la parte que usted puede dejarles. Por Ley únicamente está obligada a dejar la legítima estricta que es un tercio de la herencia a todos sus hijos o descendientes; otra tercio que es el de mejora puede dejarlo a todos o a alguno de sus legitimarios de manera igual o desigual; y el último tercio es de libre disposición que puede dejarlo a quien estime oportuno.

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Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

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La herencia se divide en tres tercios: un tercio que es le legítima estricta que se adjudica a todos los hijos por parte iguales (o nietos en caso de premoriencia de algún hijo); otro tercio que es la legítima extensa con la que s e puede mejorar a algún hijo (o nietos en caso de premoriencia de algún hijo); y otro tercio que es el de libre disposición, que se puede dejar a quien quiera (heredero forzoso o no) el testador.-
Un saludo.-

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