Herencia y trámites a realizar

Muy buenas, mi caso es el siguiente: recientemente mi tío falleció estando viudo y sin hijos.
Él vivía en Tenerife y yo estoy en Barcelona.
Nos consta a todos los sobrinos que nos ha dejado como herederos. Mis primos que viven en la isla se tenían que encargar de hacer las diligencias correspondientes como levantamiento de últimas voluntades, etc.
Pues bien, hoy he recibido un correo electrónico en el cual me dicen que necesitan mi documentación con 2 documentos adjuntos: aceptación de herencia, declaratorio herederos y donación y otro que es el documento para la designación de representante como estipula la ley tributaria del art. 46 y 47 en el cual ya vienen los datos de un abogado de Tenerife al cual yo ni conozco, ni he hablado, ni tengo constancia.
Mi pregunta es: ¿esto es normal?
Lo normal no sería que antes se me comunique lo que mi tío decidió dejarme y a partir de ahí yo decidir si acepto mi parte de herencia y evidentemente designar como representante al abogado que yo considere ya que muchas tramitaciones siendo yo de BCN, necesitaré un abogado de la isla para que me tramite todo. A ver si me pueden orientar, si quizá es un tramite normal o no es.

Gracias

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ABOGADOSLIRAS

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Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Familia

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Como Ud. piensa debe conocer cual es la herencia es decir el inventario y quienes son los herederos , ai el difunto hizo algún reparto y la existencia de deudas del difunto de las cuales responden los herederos, por ello se puede aceptar la herencia a beneficio de inventario, lo que significa que se responde de las deudas hasta donde lleguen los bienes heredados. Una vez conocido lo anterior si esta interesado en la herencia, debe aceptarla simplemente o a beneficio de inventario,hacer la declaración del impuesto pagando de acuerdo con las tablas existentes en la Ley del Impuesto y finalmente realizar el reparto que sera de forma amistosa entre los herederos o bien si asi lo estableció el testador por el "partidor" y elevar a público sobre todo si existen bienes inmuebles.
Atentamente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Diaz-Plata Abogados

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Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones

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Buenas tardes, evidentemente no debe firmar nada hasta no ver el testamento o una copia del mismo, por si pudiera no interesarle aceptar (existencia de deudas, etc.), y menos si hay una donación de por medio. Le recomendamos que designe un representante en la isla para que los trámites se realicen de forma correcta y vigilando sus intereses. Si desea nuestro asesoramiento no dude en contactar con nosotros. Reciba un cordial saludo. Díaz-Plata Abogados

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Afc Abogados Tenerife

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Abogado de Santa Cruz de Tenerife especializado en Derecho Civil

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Buenos días, Efectivamente le tendrían que hacer llegar el testamento para que previa su valoración decida usted si aceptación o renuncia. De aceptarlo habría que tramitar dicha aceptación en Notaria adjudicando a cada heredero su parte correspondiente. Si necesita que hagamos la tramitación por Ud. el trámite sería muy sencillo, no dude en contactar con nosotros y le ampliaremos la presente información.
Gracias y un saludo

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Comparto totalmente la tesis de mi compañero, es de sentido común que antes de aceptar una herencia, conozca usted el testamento, amen de saber si hay mas pasivo que activo o viceversa, por si tiene que aceptar la herencia a beneficio de inventario o, en último extremos, por si le interesa repudiar la misma.

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Abogado en Tenerife y Cáceres Gómez y Rodríguez de Acuña Abogados
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Desde luego que usted tiene razón. Lo primero es que le comuniquen qué es lo que su tío le ha dejado. A partir de ahí usted tendrá que decidir si quiere aceptar o no la herencia y si quiere, designar una persona de su confianza para realizar los trámites. Quedamos a su disposición. Reciba un cordial saludo. Amando Gómez.

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Abogado Urbanismo Tenerife - Jesus Villodre Cordero
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Estimo la conveniencia de consultar previamente con el letrado que le han designado. Éste, si actuara como su representante, viene obligado a defender sus intereses. No obstante, Ud es libre para designar como representante otro abogado u otra persona de su confianza.

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No lo veo normal. Le requieren una serie de documentos que por lo menos uno, la aceptación de herencia, aún no se ha hecho, y precisamente es por el que usted decide sí acepta o no la herencia. No tiene ningún sentido los documentos que le solicitan.

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