Impago tarjeta crédito mbna
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En principio el plazo general de prescripción de una deuda es de 5 años, es decir, que después de transcurrir un periodo de 5 años no podrían reclamar dicha deuda judicialmente, ni por medio de un juicio monitorio ni por otro procedimiento de naturaleza civil.
De todos modos, siempre es conveniente que un profesional examine la documentación para tener la seguridad de que no le puedan reclamar el importe no abonado, es posible que haya firmado usted algún contrato que establezca condiciones especiales para la reclamación.
También le aconsejo, informarse, a través de una entidad bancaria de su confianza, si ha sido incluido en alguna lista de morosos, ya que eso podría ocasionarle perjuicios en un futuro, aparte de que su nombre no puede aparecer indefinidamente en dichas listas.