Implicaciones fiscales-legales de propuesta de venta inmueble.

Los vendedores, hermanos, mayores de 65, uno residente en Cataluña, otra hoy australiana y residente Sidney.
El piso, recibido en herencia de ambos, anteriormente en alquiler, ahora vacío a la venta, a través una agencia de Málaga, que pide una comisión de 10.000€ aplazada a la venta.
Unos compradores pretenden escriturar por 125.000€, según agencia y nos habla de recibir solo sendos talones por total, neto de comisión, de 80.000€ solo.
Veo problema de ilícito legal en descuadre de operación y responsabilidad fiscal para cada vendedor en irpf...¿me equivoco?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Los números que dice no cuadran y lo recomendable siempre es que cuadren, sin perjuicio de ser la comisión del mediador superior al máximo habitual. Asimismo, les recordamos que la cantidad a pagar al no residente en España está sujeta a retención, lo cual debe ser también precisado en la escritura.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado Urbanistico Barcelona Frederic Lloveras

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Urbanístico

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Creo que el problema no es fiscal sino de las condiciones de la agencia. En el sector immobiliario la comision maxima que aplica el colegio de API es del 5 por ciento del valor de la venta. Si la venta es por 125.000 la comision no puede ser de mas de 6.250 euros. Deben ustedes cambiar de agencia y que les hagan un presupueso por escrito de los honorarios.

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Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
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Lo mejor, en mi opinión, es cuadrar los números de toda la operación, ya que no veo ninguna ventaja para usted en hacerlo de otra manera. Ustedes reciben lo que reciben y de allí se paga la comisión previa factura, los impuestos pertinentes, etc etc...
Saludos.

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