Incapacidad laboral/ despido improcedente
Ignacio Casas
Abogado de León especializado en Derecho del Trabajo
Buenas tardes,
en primer lugar le recomiendo que lleve el parte de baja a la empresa. Si se negasen a recogerlo sería conveniente dejar constancia mediante testigos o enviarlo de manera certificada con acuse de recibo, mediante burofax. En el aspecto de la baja de en la SS proceda a presentar papeleta de conciliación por despido en el menos plazo de tiempo posible.
En cuanto a los hechos y la determinación de contingencia (profesional o común) requiere un estudio más detallado.
Un saludo.
Estimada Sra., lleve usted el parte de baja médica a la empresa, y si no se lo quieren recoger, remítalo vía burofax. Al mismo tiempo le recomendaría que acudiera a la Inspección de Trabajo para formular denuncia por los hechos, y que procediera a reclamar el despido mediante la oportuna papeleta de conciliación.
Saludos.
Abogado Javier-Pozo, Gabinete jurídico Laboral-Social-Civil
Abogado de Palma de Mallorca especializado en Derecho Laboral
Buenos días,
Tu caso es lo que se denomina "despido tácito"; es decir, la empresa realiza un hecho concluyente de finalizar al darte de baja en la Seguridad social, y se puede considerar como despido.
Consulta un abogado para que te ayude en la reclamación.
Un saludo.
Abogado Laboral y Seguridad Social Tarragona - CORPORLEX
Abogado de Valls especializado en Derecho del Trabajo
Desde el despido acontecido tiene un plazo de 20 días hábiles para impugna el mismo. No obstante le recomendamos que la demanda sea realizada por un profesional.
Quedamos a su completa disposición para asesorarle en lo que precise.
Buenos dias
Debe demandar por despido, plazo 20 dias.
Es urgente, mi consejo es que ni se lo piense
Un saludo