Información sobre separación sin estar casados ni en pareja de hecho.

Tengo 30 años y me separo de mi pareja, no estamos casados ni en pareja de hecho, vivimos en el piso de él ,tenemos en común una niña de 4 años, no trabajo,me he dedicado a mi niña.Quería información sobre este tema.Gracias

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Abogados, Cava

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Abogado de Lora del Río

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Buenas tardes, ante la situación a la que se enfrenta se recomienda tranquilidad y hablar con el padre para poder llegar a un acuerdo.

La relación con los hijos se realizan presentando en el Juzgado una demanda judicial de medidas paterno filiales, siendo recomendable la presentación de forma conjunta, donde aparecen entre otros aspectos; el régimen de visitas, donde vivirá la menor, la cantidad en concepto de pensión de alimentos...siendo todos estos extremos muy recomendables regularizarlos legalmente para evitar sorpresas.

Además si usted se ha dedicado a cuidar de la menor, puede solicitar una pensión compensatoria.

Si necesita un mayor asesoramiento puede contactar con nosotros tranquilamente. Esperamos haberla ayudado

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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Ante la situación que comenta, le recomendamos que alcancen un acuerdo entre ustedes sobre las medidas que hay que adoptar sobre la menor (guarda, visitas, pensión alimenticia y gastos extraordinarios) y que luego tramiten, con abogado y procurador, un procedimiento de mutuo acuerdo para la aprobación de dichas medidas en un Juzgado; no obstante, algunas parejas firman ese acuerdo y no piden su aprobación judicial, algo poco recomendable si se producen incumplimientos. Para promover el procedimiento, pidan siempre presupuesto previo, ya que hay notables diferencias en cuanto a los precios. Si desean nuestro asesoramiento, contacten con nosotros.

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ABOGADO COMUNIDAD DE PROPIETARIOS SEVILLA María del Carmen Rosa Morón
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En este caso el procedimiento legal previsto es civil, de familia, en el que se solicitan medidas paterno-filiales que comprenden las mismas que en el caso de un matrimonio que se separa o divorcia con niños menores de edad. Es decir, custodia, régimen de visitas, vacaciones, pensión alimenticia, establecimiento de residencia, como medidas indispensables que se recogen.
El procedimiento puede ser de mutuo acuerdo o bien en el caso de que no exista consenso entre las partes (padres), podría iniciarse de forma contenciosa, la diferencia, el tiempo de duración del procedimiento en sede judicial y el costo del mismo. Saludos.

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ABOGADO ABUSOS BANCARIOS SEVILLA Germán Saldaña Espejo
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Buenos días. Tendría que presentar ante el Juzgado una demanda de medidas paterno-filiales para determinar fundamentalmente la guardia y custodia de la niña y la contribución de cada progenitor a su manutención, así como para solicitar si procede una pensión compensatoria para usted si procede. Se puede hacer también de mutuo acuerdo, que es lo más recomendable, y en todo caso precisará de los servicios de abogado y procurador, para lo cual me pongo a su disposición. Un saludo.

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