Junta propietarios por whatsapp

Hola,

Ante todo darle las gracias por esta oportunidad que me brindan en este espacio para mi consulta.

Intentaré ser lo más escueto posible.

A raíz de una sentencia favorable a la comunidad contra la constructora se celebro una junta de propietarios en la que no asistí ni delegue mi voto.

En dicha reunión se acordó y aprobó que una vez la constructora reembolsara el dinero por lo que había sido condenada se decidiría que hacer con dicha cantidad, si bien cumplir con el contenido de la demanda (reparaciones del edificio + un aljibe de agua potable) o repartir con los propietarios mediante el sistema de coeficiente. Que para mí me parece correctísimo.

En un Whatsapp me solicitaron mi numero de cuenta para hacer el ingreso de la parte que me correspondía.

Le comunique en dos ocasiones por correo electrónico al presidente de la comunidad que me pasara copia del escrito de la convocatoria ya que no la había recibido, puesto que daba por hecho que antes de efectuar el reparto se habría aprobado por junta.

Ha pasado un mes y no recibo respuesta del Presidente.

Mi sorpresa y malestar actual es que al parecer lo decidieron en el grupo de whatsapp entre ellos (no formo parte de ese grupo por falta de interés).

Cuando se lo comunico al Presidente su esposa me dice que no me comunicaron nada ya que no formo parte del grupo "puesto que no deseo saber nada..." Una fuerte decepción hacia mis vecinos lógicamente. (me piden por whtasapp la cuenta pero no pueden informarme al no pertenecer al grupo).

Total que sigo con mi asombro ya que no esta aprobado en junta el reparto y tampoco que previsiones a largo o a corto se tienen previstas para las reparaciones del edificio por la que se puso la demanda y ademas si vamos a cumplir con las ordenanzas sobre el tema del aljibe de agua potable para dejar de sufrir los constantes cortes de agua en esta zona y que ademas está reflejado la existencia del mismo en el proyecto de obra del ayuntamiento y en el final de obra (prueba principal por el que se resolvió a nuestro favor dicha demanda).

No solo al parecer nos hemos quedado sin el dinero en la comunidad sino que ademas se ha realizado un reparto injusto.

El local con una participación del 25% de coeficiente no participa en las reparaciones interior del edificio cuando estas surgen y ademas las reparaciones que fueron reclamadas son del interior del edificio. Obteniendo un ingreso que merma el del resto de los propietarios y que ademas cuando se tenga que cumplir con los desperfectos del edificio (mas tarde o temprano) este no participara en los pagos de dichas reparaciones.

Mis preguntas es:

¿Tengo causa posible para reclamar que se realice el ingreso en la cuenta de la comunidad de las cantidades que se han recibido y se efectué un nuevo reparto?

¿Puede un grupo de propietarios decidir por whatsapp un reparto monetario y saltarse el acuerdo previo acordado y dejar al aire los desperfectos de la finca?

Deseo volver a darle las gracias y estaría encantado de recibir una respuesta.

Una vez más deseo dar las gracias.

Respuestas de otros profesionales:
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Miguel Roca Abogado

Miguel Roca Abogado

Mediador de Palma de Mallorca

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Buenos días,
La idea de tener un grupo de watsapp de la comunidad para facilitar la comunicación entre los propietarios me parece razonable y puede ayudar en beneficio de todos. Ahora bien, en ningún caso pueden sustituir la aplicación de los preceptos legales, especialmente L.P.H. Todo acuerdo adoptado por esta vía es manifiestamente nulo de pleno derecho y no puede contradecir un acuerdo anterior de la junta de propietarios. Incluso puede generar responsabilidades puesto que puede haber una desviación indebida de fondos de la comunidad.
Le recomiendo que solicite formalmente al administrador ser informado de las transferencias realizadas.
En función de ello deberá manifestar su disconformidad y solicitar la aplicación del Acuerdo adoptado.
Espero haberte ayudado. Saludos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Mediador
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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Su consulta plantea diversos aspectos que deben separarse. Pero por ser breve y concreto. Un grupo de wassap no es el foro previsto por la ley para adoptar acuerdos que afecten al funcionamiento de la comunidad máxime cuándo se deja fuera a uno de sus integrantes. Por tanto lo así acordado no es ejecutable ni exigible frente a usted que tiene pleno derecho a ignorarlo. Otra cosa es lo referente a los acuerdos adoptados válidamente en junta cuyo conocimiento se le tiene que trasladar en tiempo y forma.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado