Justificación pago sucesiones

¿Es obligatorio llevarle al banco copia modelo 660 y 650 como justificante de haber liquidado impuesto sucesiones?

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado divorcio Granada - Salvador & Co Abogados
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Buenos días,

Es totalmente obligatorio dado que será el banco quien le de acceso a los depósitos en cuenta corriente o de ahorro, cuentas financieras y otros tipos de imposiciones en cuenta, siempre que se abone el impuesto.

Si necesita ayuda no dude en contactar con nosotros.

Salvador & Co Abogados

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Pedro Olmedillo Hermoso

Pedro Olmedillo Hermoso

Abogado de Irun especializado en Derecho Civil

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Si va a retirar dinero de la herencia que Ud. se adjudica, claro que es obligatorio justificar el abono del impuesto de sucesiones, lo mismo que si quiere inscribir en el registro de la propiedad un bien inmueble adjudicado en herencia.

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Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

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Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia

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Para disponer de los saldos bancarios del causante, es necesario la previa liquidación del impuesto sobre sucesiones, según preceptúa la norma que regula dicho tributo, y el banco debe exigir los modelos 650 y 660.-

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Gallardo y Valderas Abogados
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Si, es obligatorio. Hay que acreditar que se ha abonado el impuesto de sucesiones correspondiente antes de que la entidad bancaria entregue los saldos a los herederos y/o legatarios, puesto que son responsables subsidiarios del pago del mismo.

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Abogado Ley de Segunda Oportunidad Granada PREVENCIÓN LEGAL ABOGADOS
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Sí, desde la muerte del causante tiene un plazo de 6 meses para presentar en el banco copia de haber liquidado ambos modelo.

Espero haber resuelto su duda.

Un saludo.

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