¿Los hermanos tienen legítima?
Los hermanos de la causante ( entiendo que la pregunta
se refiere a ellos) no son herederos forzosos en ningún caso, y por lo tanto, fallecida la madre con anterioridad, nada adquirió y nada puede transmitir a sus herederos, y si la causante nada dispuso a favor de ellos en su testamento, bien directamente, bien mediante un derecho de sustitución, no tienen derecho a nada.
Le legítima a falta de hijos, corresponde a los ascendientes, si no existen, la causante puede dejar sus bienes a quien quiera, no existe legítima entre hermanos, y a falta de la madre, los bienes le corresponden todos al esposo.
No, es heredero universal el marido!
Si la madre falleció antes que su esposa. No tiene problemas para aceptar en principio la herencia.
Un saludo, estamos a su disposición para cualquier aclaración.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Muerta la legitimaría antes que la causante, todo es para el marido, sin que este último tenga que repartir nada con nadie por motivo de la herencia de su esposa.
Abogado Administrativo Madrid - Diego Écija Villén
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
No corresponde nada a los hermanos, ya que al fallecer antes la madre que la causante, se pierde el derecho de esta.