Manipulación del contador eléctrico.
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Mejor respuesta según autor
Buenos días.
Respecto a la petición de información que formula comentarle que la manipulación del contador eléctrico como tal no es un delito tipificado. Ahora bien, si esa manipulación se realiza para no pagar todo o parte del importe por gasto de electricidad si que se podría hablar de una conducta fraudulenta, y por lo tanto de un delito o una falta. La diferencia para que la conducta fraudulenta sea considerada como un delito o una falta se encuentra en la cuatía defraudada. Si excede de 400 euros el fraude o el perjuicio ocasionado nos encontramos ante un delito que conlleva una pena de multa de 3 a 12 meses. Si por el contrario, no excede de 400 euros estaríamos ante una falta contra el patrimonio castigada con la pena de 4 a 12 días de localización permanente o multa de 1 a 2 meses.
Espero haberle sido de ayuda. Reciba un cordial saludo.
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Se trata de un delito tipificado en el Código Penal bajo la denominación de Defraudación de fluido eléctrico y análogas, está castigado con pena de multa de tres a doce meses, siempre que el valor de la defraudación sea mayor a 400 €.
Para más información, póngase en contacto con nosotros y le podremos ofrecer un presupuesto personalizado.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Si la manipulación supone evitar el pago del suministro, efectivamente se trata de un ilícito penal, pues se consigue alterar el mismo beneficiándose de un servicio que no paga.
Saludos.