¿Me puden pedir rendición de cuentas del dinero bancarizado que pertenecen a la sucesión de mi madre?

Como heredera a la muerte de mi madre paso exponer lo siguiente: Mi hermano y yo constamos como herederos de un inmueble y de una póliza de Vida. Al existir otro hermano fallecido, mis sobrinas quieren una legítima superior de la que está estipulada. Me piden extractos de cuentas bancarias de dos años. Una tasación del inmueble mencionado. No están conformes vaya. He seguido todos los pasos puntualmente que mi asesor gestor me indicado, pero ellas insisten en que hay mas dinero a su favor. Mi pregunta es. ¿Pueden exigir del banco las cuentas? ¿Hasta donde pueden llegar? ¿A un Juicio? ¿Quién defiende mis derechos en este tema? No tengo nada que esconder, pero el asunto no se solventa y cada día piden algo nuevo. Muy agradecida por su respuesta que seguro me ayudará a entender este entramado.

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ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

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Pueden pedir los movimientos de un año atrás, porque han de aportarse para liquidar el impuesto de sucesiones. Y me parece oportuno que le dé esa documentación, porque seguramente tratan de buscar movimientos extraños, salidas de dinero a favor suyo, y estoy segurea de que no hay nada anormal, y si lo hubiera, es imposible probar qué ha hecho su padre con ese dinero, lo puede shaber dedicado a apostar ( se lo pongo por ejemplo), puesto que es libre de gastar su dinero como quiera. Si hubiera algún tipo de salida de dinero a su favor, o de su hermano, se entiende que son donaciones colacionables.

Sir no le da esa información, se encontrará con una demanda de división judicial de herencia, a la que tampoco ha de temer, porque no es un tema contencioso, están todos en el mismo asunto, hacer un inventario correcto

Respecto a la valoración del inmueble, un tasador cobra dinero, y se pagará de lo que hay en la herencia, y las vinculará, a ver si quieren gastarse dinero. Caso contrario, ofrezca el valor a efectos de impuestos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogados Barcelona Tomás Dóriga

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Abogado de Barcelona especializado en Derecho de Familia

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Precisamente puedo decirle que he llevado el caso pero representando a los otros legitimarios que querian percibir la legítima de lo que había en las cuentas el periodo antes del fallecimiento. La juez ha considerado que el dinero se había gastado en el cuidado de la madre y que no debe ser para legítima.
Así que habría que mirar las cuentas y si no hay transferencias a cuentas de ustedes pueden negarse . Lo mejor sería hacerlo por escrito . Estoy a su disposición si desean más información.
Ignacio Tomás
Abogado

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