¿me puede devolver la fianza sin tener contrato de alquiler de habitación?

Alquilé unos meses la habitación en una casa. La inquilina no me hizo contrato después de pedírselo reiteradamente. Ahora dice que me fui del piso 3 días antes de acabarse el mes y me da largas para devolverme la fianza. Tengo todavía sus llaves, después de estar casi un mes detrás de ella y ella mientras en las Islas Canarias. Ahora me dice que faltan cosas del piso... ¿qué puedo hacer?.

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CMR Advocats

CMR Advocats

Abogado de Vilanova i la Geltrú especializado en Derecho de Familia

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Hola!

Si le faltan cosas en el piso, que te denuncie y que los tribunales descubran si es verdad o no que te has llevado cosas del piso. Yo por eso no me agobiaría.

En cuanto a la fianza, puedes presentar un procedimiento monitorio reclamando la cantidad, seguro que tienes testigos que sabían que vivías en esa vivienda.

Si tienes alguna duda, puedes dirigirte a mi en cmrodriguez@icab.cat

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León Bendayán

León Bendayán

Abogado de Sevilla especializado en Derecho Inmobiliario

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1.- En cuanto a que faltan cosas del piso: ni caso. No puede probarlo porque no hay nada escrito. Estas son los típicos "truquitos" del propietario para retener la fianza.
2.- Lo de que te fuiste 3 dias antes: para empezar a ver como prueba eso. Yo creo que no puede. Pero es que además lo que tú tienes es un contrato de habitación, no de arrendamiento, y por tanto no puede aplicar el régimen de indemnizaciones de la LAU.
3.- Si quieres recuperar la fianza contacta conmigo, tengo una solución que seguro que te puede interesar.

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Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
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Aunque comporto la tesis de mi compañero, el asunto es complejo, por cuanto la dueña tiene que probar que le han faltdo cosas y usted tiene que probar, por ejemplo, mediante testigos, que la dueña se ha quedado con la fianza. Ahora bien, es significativo que usted tenga todavía las llaves, por cuento ello denota que sigue teniendo la possesion de la habitación de la casa. Lo mejor sería que la dueña llegara a un acuerdo con usted que fuera beneficioso para ambas partes.

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Xavier Pardo Yuste

Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General

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un contrato mno tene que ser necesariamente escrito. ruego contaxcte con el despacho xavierpardo@icab.cat o e.salgado@icab.cat

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