¿Me pueden embarar sobre las prestaciones que recibo después de un ERE?
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Buenos días,
Pueden embargarle los bienes y saldos en cuenta que tenga; actuales y futuros (devoluciones IRPF, herencias, etc.).
En el caso de que perciba prestación por desempleo o subsidios, se los podrían embargar hasta el salario mínimo (SMI).
Le proponemos nuestra experiencia en asesorar la mejor solución para sus intereses.
Un saludo
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