Mes siguiente a las vacaciones.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
El padre tiene que cumplir el convenio aprobado por el juez y lo demás "puro cuento" al que no tiene que hacer caso mientras no se modifiquen judicialmente las medidas inicialmente adoptadas.
CARMEN PALACIOS LEBRON BUFETE JURIDICO
Abogado de Córdoba especializado en Derecho de Familia
De ninguna manera.
La sentencia ha de fcumplirse en sus propios términos.
Si desea modificar este punto concreto, deberá acreditar un cambio de circunstancias y plantear una modificación de medidas
Un saludo
La pensión de alimentos normalmente se establece en una cantidad liquida mensual que ha de pagarse en doce mensualidades, con independencia de si el menor está de vacaciones con el progenitor no custodio.
Buenos días, todo dependerá de lo establecido por las partes en Convenio Regulador o dispuesto en Sentencia firme. Espero haberle sido de ayuda.
Si tiene cualquier duda estoy a su disposición.