Modificación de medidas

Estoy cobrando un subsidio de 213 euros al mes pagaba una pensión alimenticia de 210 euros y tengo otro hijo con mi actual pareja. Hace unos meses tuvimos la modificacion de medidas. El dia del juicio mi abogado me dijo que no me iban a bajar la pension y que si queria llegar al acuerdo de que me bajaran 15 euros solamente. O lo tomaba o segun mi abogado me quedaba con la misma pension y acepte porque no me quedo de otra.cuando se fijo la cuantia de la pension yo ganaba 600 euros y se me quedo en 180 aparte los años de subida del ipc no tenia mas cargas y ahora que cobro 213 euros y tengo un hijo me la bajan 15 euros y ella a montado un negocio pero no esta dado de alta y el abogado dijo que eso no importaba porque ella no tiene que aportar ingresos porque cuida al niño. ¿Qué puedo hacer?

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Fernando Luis Jover Moreno

Fernando Luis Jover Moreno

Abogado de Albolote especializado en Derecho Civil General

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El art. 152.2º C.C. establece que cesa la obligación de dar alimentos "Cuando la fortuna del obligado a darlos se hubiera reducido hasta el punto de no poder satisfacerlos sin desatender sus propias necesidades y las de su familia". Y éste es claramente su caso. Ocurre que sería muy importante poder demostrar de alguna manera (testigos, ...) que ella ha montado un negocio y que tiene ingresos, ya que, como le indicaba en mensaje anterior, en caso contrario, si la persona que tiene la guardia y custodia ( en este caso, la madre) demuestra carecer de ingreso alguno, en la práctica es reiterada la jurisprudencia de nuestra Audiencia Provincial de no aplicar el artículo del Código Civil que le refiero y entender un mínimo vital para el menor de 150 € en concepto de pensión de alimentos.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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Fernando Luis Jover Moreno

Fernando Luis Jover Moreno

Abogado de Albolote especializado en Derecho Civil General

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Es evidente q lo que procedería es una demanda de modificación de medidas, en conxreto de la pensión de alimentos, dado q sus ingresos económicos se han visto notablemente reducidos. Ahora bien, habría q tener en cuenta varios factores, tales como las posibilidades económicas de la madre. Tb la jurisprudemcia reiterada de la Audiencia Provincial de Granada en el sentido de establecer el mínimo vital en la cantidad de 150 €.
Habría, por ende, de examinar con mayor detalle el caso para calibrar el actuar más procedente.
Quedo a su disposición en P. Juncaril, C/ Loja, 18 ( Edif. Restaurante "el rincón III - OF. nº 1 )

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Iure&Lex Servicios Jurídicos

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Abogado de Granada especializado en Derecho Bancario

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Habría que ver cuando fue la modificación de medidas última y su situación concreta de este momento y la de su ex-pareja. No obstante como ha dicho el compañero el mínimo vital está fijado en 150 euros. Si necesita asesoramiento nos encontramos en Granada en al Calle Recogidas 33. un saludo

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