¿Molestias a los vecinos?
ABOGADO EXPERTO EN CONSUMO BARCELONA - FORUM ADVOCATS
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil
Que duda cabe que cuando se vive en comunidad hay que intentar no molestar a los demás y educar a los hijos en esa misma filosofía.
Dicho esto, el ruido que pueda hacer un niño no constituye "molestia grave" y, por lo tanto ni la Comunidad está legitimada para actuar por estos hechos, ni el vecino va a obtener el amparo judicial o policial que pretende su vecino.
Si desea que la ayudemos en este asunto, estamos a su disposición en nuestro despacho. Solicite una visita y le proporcionaremos presupuesto.
Andrés Luis Giordana
Abogado de Bisbal del Penedès
Buenas tardes, mayormente en esta clase de denuncias los Juzgados tras examinarlas las archivan, además ha de tener en cuenta que por el principio acusatorio, su vecina debería adjuntar pruebas de las supuestas molestias.
Un saludo
Advocat Gestor Patrimoni Terrassa MAURI ASSESSORS
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Urbanístico
Buenos días,
No se preocupe, por los ruidos normales que pueda ocasionar una criatura de dos años ningun juzgado le va a decir nada
Saludos