Multipropiedad en caso de herencia
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
La semana en multipropiedad forma parte de la herencia de su suegra y también formará parte de la herencia de su suegro si la sigue teniendo cuando muera, por lo que pasará a sus herederos, salvo que en su día se renuncia a toda la herencia, no sólo a ese bien, o se acepte a beneficio de inventario, algo que puede no ser recomendable en su caso. Si desean deshacerse antes de esa semana, busquen a alguien que la quiera comprar a coste cero o que la quiera como regalo pagando solo los costes de la operación. En el peor de los casos pueden hablar con la administradora, ya que es posible que alguien esté interesado en quedársela si no tiene que pagar nada, y nada es nada, es decir incluso los costes de la operación serían para ustedes. Si desean más información contacten con nosotros.
Abogado divorcio Vilafranca - Lourdes Quer Montserrat
Abogado de Santa Margarida i els Monjos
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Buenos días.
Cuando se acepta la herencia es un su totalidad tanto en bienes como en deudas, aunque respecto a estas ultimas puedes limitar la responsabilidad a los bienes de la herencia si se acepta a beneficio de inventario. Por tanto, para deshacerse de la multipropiedad tendrán que venderla a un tercero o ponerse en contacto con la gestora de la multipropiedad e intentar llegar a un acuerdo para renunciar a la misma.
Espero haber sido de su ayuda y estoy a su disposición por si es de su interés.
Atentamente.
ABOGADO DERECHO BANCARIO TERRASSA Joan Torcal Guerrero
Abogado de Terrassa especializado en Derecho Civil
Buenos días,
Si aceptan la herencia, pueden hacerlo a beneficio de inventario, con lo cual sólo responderían con el límite de los bienes heredados y no con su patrimonio universal. Posteriormente hay que estudiar la posibilidad de solicitar la nulidad de la compraventa de las participaciones de la multipropiedad y así dejar sin eficacia las deudas de la comunidad.
Quedo a su disposición si precisaren de mayor información.
Un saludo.
Joan Torcal i Guerrero.
Buenas tardes
Lo mejor en su caso es aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir que ustedes tengan claro qué deudas existen (certificado de la comunidad), y que activos hay y en función de eso, aceptar o no. Tiene usted razón en que no puede aceptarse una parte y rechazar la otra.
Si quiere que examinemos con calma toda la herencia estamos a su disposición.
Ignacio Tomás
Abogado
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
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La herencia se acepta o no se acepta ,y puede aceptarse a beneficio de inventario . Es decir si se hereda más de lo que se debe . Lamento decirle que es como Ud . Piensa ,