Muro medianería que no está a mi gusto.
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Habría que ver qué tipo de acuerdo llegaron y si concretaron las características del muro. No obstante, con carácter general, el Código Civil prevé la posibilidad de que el propietario del muro medianero pueda realizar obras por su lado dando mayor elevación o grosor siempre y cuando no perjudique los derechos del otro propietario colindante.
Le aconsejo que se ponga en contacto con el otro propietario a fin de intentar amistosamente el asunto o bien acuda a una despacho de abogados.
Un saludo.
Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor
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