Pago en diferido de indemnización por despido
Buenos días,
Aunque su correo es extenso necesitaríamos analizar con detalle el contrato y el dossier del caso. Valorar si es o no un buen acuerdo es algo que debería hacer ud. más teniendo en cuenta la situación de su Compañía.
Aunque le reconozcan la deuda y le den pagarés, si la empresa quiebra ud. no tiene garantizado el cobro; debería negociar un mecanismo que le garantice el cobro (avales o garantías).
En lo que concierne al pago aplazado, el estatuto de los trabajadores prevé que si la Compañía alega que el no poder pagar el 100% del finiquito es por causa económica y además certifique que carece de recursos y por tanto esta imposibilitada para efectuar el pago de su indemnización, puede dejar de hacerlo. En este sentido, la jurisprudencia es favorable al pago en diferido en el tiempo.
Un saludo
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Podemos ayudarle en su consulta, previo examen de documentación (nóminas y contrato especialmente), para darle una información real sobre la cuantía indemnizatoria que le correspondería y, en base a ello, ayudarle en la negociación con la empresa.
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