Pasar de separacion de bienes a gananciales
Durante la vigencia del matrimonio, los cónyuges pueden sustituir el régimen de separación de bienes por el de participación en los gananciales. Toda modificación al régimen patrimonial se realiza mediante escritura pública ante notario, que se inscribirá al margen de la inscripción matrimonial dentro de los 30 días siguientes contados desde dicha fecha.
Saludos
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días; Supone el pactar como régimen económico del matrimonio el sistema ganancial, lo que ocurre es que de la misma forma que estando en gananciales, para pasar a separación de bienes, esta exento de impuestos, viceversa tiene que liquidar en función de los bienes que va a aportar al nuevo sistema, por lo que para saber el importe habría que conocer como le digo los bienes. Un saludo.
GCLaw
Abogado de Madrid especializado en Derecho Administrativo
Buenos días,
No es necesario abogado, hay que acudir a una Notaría aportando el DNI de ambos, la escritura de separación de bienes y el libro de familia. El coste ronda los 50 €-60 €.
Así mismo, si requiere los servicios de un abogado no dude en ponerse en contacto con nosotros.
Un saludo.
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común
Hay que estudiarlo bien porque una cosa es pasar a régimen de gananciales y otra muy diferente y mucho más cara aportar los bienes privativos a la sociedad de gananciales.
Quedamos a su disposición para ampliar información.
Un saludo.