Plusvalía de herencia

Mi padre ha fallecido hace unos meses, casado en bienes gananciales, sin testamento, deja viuda y 3 hijas mayores, bienes un piso y local, mi madre ha hecho un borrador pero nadie que yo sepa a ido a firmar, llevamos 4 meses con este tema y la hermana grande no quiere quedar conmigo pero si con las otras dos herederas, quiere ir con ella a pagar la plusvalía cuando no se ha hecho partición de herencia y el impuesto de sucesiones, el tema es que me he enterado que han liquidado los impuestos y sucesiones sin mi, 1 yo no he firmado nada, es falsificación de documentos? ¿Cómo puedo denunciar y tengo que ir a los organismos a conseguir si han entregado por mi?

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Qlegal Abogados - José Ramón Galindo Clares
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El plazo para liquidar el impuesto de sucesiones y plusvalía es de 6 meses desde la fecha de fallecimiento. El pago del impuesto es obligatorio y es una carga de la herencia por lo que no le perjudica a usted la realización de esa gestión. Es un paso necesario y obligado tras el fallecimiento.

Por otro lado, acuda a un abogado o solicite un abogado de oficio. Lo necesita.
Ignora que ocurre con la herencia. Que hay hecho o pendiente de hacer respecto a la gestión de la herencia. Carece de documentos y de información cierta y contrastada. Igualmente no sabe sin han firmado por usted, si se han declarado y liquidado impuestos, o no. No debería denunciar sin conocer indicios u hechos de esa suplantación de personalidad que usted presume (y pudiera ser o no ser cierta). Tenga en cuenta el riesgo de denuncia falsa antes de acudir a la policía y denunciar los presuntos hechos. Envié un burofax y exija en él que se le informe a usted de lo que se esta haciendo en relación con la herencia.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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ABOGADO BANCARIO CIUDAD REAL Antonio J. Almarza
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No hay nada que indique una posible falsificación de documentos. Liquidar los impuestos no implica que la herencia se haya adjudicado. Tampoco hay que esperarse a que esté realizada la partición para atender las obligaciones con Hacienda. Tiene sus plazos legales. La plusvalía se debe pagar por la herencia yacente si el ayuntamiento ha girado ya el importe mediante liquidación provisional. Y es posible que además se haya presentado una declaración del impuesto de sucesiones dentro del plazo legal es decir los 6 meses desde el fallecimiento. El no hacerlo puede suponer recargos y multas si no se pide aplazamiento. Hacienda no perdona. Por tanto no hay nada raro a priori. Solo se ha cumplido con Hacienda. Por lo demás, habiendo inmuebles y al no haber testamento es imprescindible acudir a la notaría para adjudicarlos. Y no hay borrador que pueda sustituir al documento notarial. Y sin un acuerdo entre todos los herederos no se puede poner fin a esta situación.

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Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

Abogado Familia Motril Caracuel Abogados

Abogado de Motril especializado en Derecho de Familia

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Puede ir al ayuntamiento e interesar una copia de la liquidación del impuesto de plusvalía.-
La liquidación y el pago la puede hacer un heredero y pagar por la totalidad de los herederos, o bien solamente pagar su parte.-

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