Prescripción multas impagadas

El pasado 3 de enero de 2016 nos pararon a mi y a unos amigos en un control. Yo llevaba marihuana encima (1'26 g) Hablé con el agente porque la cantidad que llevábamos aparte de ser insignificante era para nosotros, y me dijo que lo tendría en cuenta, hoy a fecha 30 de junio de 2016 me ha llegado una carta de la subdelegación del gobierno de Granada con la multa, por importe de 601€ (300'5€ con reducción). Recurriré la multa con este modelo:

http://clubthc.blogspot.com/2009/11/modelo-i-alegaciones-la-subdelegacion.html

(cambié la ley derogada 1/1992 de protección de la ciudadanía por la vigente 4/2015)

En el caso de que se me obligué al final a pagarla. La 3ºra este año por cosas que no veo graves por importes altísimos.Me gustaría saber cuanto tiempo tarda en prescribir la multa impagada.

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Salvador Valero Salón

Salvador Valero Salón

Abogado de Valencia especializado en Derecho Urbanístico

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Dice el artículo 40 que las sanciones impuestas por infracciones muy graves prescribirán a los tres años, las impuestas por infracciones graves, a los dos años, y las impuestas por infracciones leves al año, computados desde el día siguiente a aquel en que adquiera firmeza en vía administrativa la resolución por la que se impone la sanción.
Interrumpirá la prescripción la iniciación, con conocimiento del interesado, del procedimiento de ejecución, volviendo a transcurrir el plazo si aquél se paraliza durante más de un mes por causa no imputable al infractor.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Discapacidades Granada - Ngloba Servicios Jurídicos
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Desde el mismo momento en el que hayamos cometido la infracción, la Administración dispone de un plazo de tres meses o de seis meses para notificarnos. Una vez notificada, si no se recurre, ya es firme y tiene 4 años para cobrarla antes de que caduque, lo que prácticamente no pasa nunca.

Por la cuantía que está comentando, le aconsejo pagarla y beneficiarse del 50% de reducción. Van a denegar el primer recurso con absoluta seguridad, obligandole a acudir a los tribunales, y aunque tenga la razón, le va a costar más el collar que el perro.

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