Proceso judcial préstamo
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Lo lógico es que el banco, en el contrato de prestamo, haya exigido que el avalista renuncie al beneficio de excusión, y si no paga ni el dudor principioal y el avalista, el banco previa reclamación de cantidad al deudor principal y al avalista, interponga demanda judicial para embargar los bienes del deudor principal y, en su caso, del avalista, a efectos de subastar el bien y hacerse pago con el remate de la subasta.
ABOGADO ACCIDENTES MALAGA - NARBONA ABOGADOS
Abogado de Málaga especializado en Responsabilidad Civil
Buenas Tardes: No se embargan directamente, hay que iniciar un procedimiento judicial de reclamación contra el deudor y contra Vd. en su condición de avalista. Vd. debería ponerse en manos de un abogado que le asesore, y ver si tiene posibilidad de defensa (por ejemplo la existencia de cláusulas abusivas en el contrato), dado que en caso contrario si no hay oposición por su parte y por parte del deudor, se iniciará la vía de apremio/ejecutiva, y se procederá al embargo de sus bienes.
Saludos cordiales
ABOGADO CIVIL MARBELLA - GC Asociados Servicios Legales Fiscales y Contables
Abogado de Marbella especializado en Derecho Inmobiliario
Estimado Señor/a, El banco deberá acudir a un procedimiento judicial para poder proceder con el embargo de bienes. Se podría estudiar los términos y condiciones del préstamo para ver si es ajustado a derecho o no y por tanto cabría la posiblidad de plantear algún tipo de oposición. Quedamos a su disposición si desea ponerse en contacto con nosotros.Atentamente,
Abogado Urbanismo Marbella Cobo & Blázquez Lawfirm
Abogado de Málaga especializado en Derecho de Familia
Si como dice el banco ha ejecutado, entiendo que el Juzgado ha dictado el Auto que inicia la ejecución. Si es así, sólo cabe oponerse a medidas concretas (embargo de cuentas, por ejemplo) o pagar. También está la posibilidad de negociar con el banco.