¿Puede negarse el padre no biológico de mi hijo a pasarme cuota alimentaria?
ABOGADO ACCIDENTES DE TRAFICO VITORIA González y Jauregui Abogados y Asesores
Abogado de Vitoria-Gasteiz especializado en Derecho Civil General
Buenos días. Mientras no hay nada regulado en sentencia, ningún padre o madre tendrá obligación de abonar ninguna pensión alimenticia. Es por eso que es muy importante iniciar los trámites encaminados a su obtención lo antes posible, ya que de lo contrario, esa obligación de abono de pensión, permanece en la esfera moral de los progenitores sin que nadie pueda obligarlo al pago. Si es el padre legal a todos los efectos, en principio, y de forma general, debería responder con su hija, pero no sin antes establecerse esta obligación por vía judicial junto con el establecimiento del resto de medidas que la ley exige, tales como un régimen de guarda y custodia y un régimen de visitas de los progenitores.
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Abogado de Logroño especializado en Derecho Administrativo
Su pareja es el padre y como tal tiene los derechos y obligaciones inherentes a la patria potestad. Pero eso no significa que tenga que usted como madre tenga que consentir subidas de tono ni otros comportamientos, por lo que le recomendamos que se ponga en contacto con un abogado y que valore si quiere pedir el divorcio si están casados o la fijación de medidas por un juez respecto de la menor y, entre ellas, que se le atribuya la guarda y el domicilio y que se fije la pensión a pagar por el padre y su derecho de visitas. Todo ello sin perjuicio de presentar medidas provisionales o, incluso, una denuncia si su pareja se pasa de la raya.
ABOGADO HERENCIAS SEVILLA Juan Gilabert
Abogado de Sevilla especializado en Derecho Civil
Si lleva sus apellidos y como bien dice el compañero es su hijo a todos los efectos. La casa se la quedará quien se quedé con la custodia de la menor, en esos casos él seguramente intentará la custodia compartida y la mujer la custodia para la madre. Lo mejor sería ver el asunto en profundidad pero lo habitual suele ser custodia para la madre y pactar un régimen de visitas al padre.
El padre siempre estará obligado a proporcionar alimentos al hijo.
Espero que le sirva de ayuda, cualquier cosa estaremos encantados de ayudarle.
Abogado Accidentes de Tráfico Madrid Centro Blanco Segarra
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
Si le ha reconocido como padre y lleva su apellido es su hijo, así que olvídese del ADN no le hace falta para nada y además si sale negativo se perjudicará. Vd se queda en la casa y además le pide una pensión de alimentos tos para la niña. Que se marche él de la casa. Y no permita que le ponga la mano encima ni le amenace, si lo hace acuda de inmediato a la Policia.
Saludos y suerte
Estimado cliente: Legalmente es el padre de la menor por lo que está obligado a pasarle una pensión de alimentos una vez se lleve a cabo la separación y en este tipo de casos prima el interés de la menor. Este interés consiste en que la menor permanezca en el domicilio familiar y su usted tiene la custodia de la hija es usted quien se queda en el piso con ella.
Si lleva su apellido es que el hijo es suyo. (fue al registro civil y lo reconoció). No es necesario ADN. Es su hija y punto.
Tendrá usted que pedir pensión de alimentos a favor de su hija.
Como esperar a que salga la sentencia puede demorar casi un año. Se le puede pedir al juez que provisionalmente hasta que salga sentencia le pase una cantidad.
ISIDRO GÓMEZ DOMÍNGUEZ - ABOGADO DIGITAL
Abogado de Bilbao especializado en Responsabilidad Civil
Lo normal es que el uso de la vivienda se adjudique a la menor, al ser quien debe ser protegida de la crisis de pareja. Respecto de la pensión de alimentos, el padre deberá atender a la que resulte de las necesidades de la niña y la capacidad económica del padre. Quedamos a su disposición, saludos cordiales.