¿Pueden afectarme las deudas de mi suegro si estoy en régimen de gananciales?

Buenos días.

Estoy casada en régimen de gananciales. Las deudas que mis suegros tengan con Seguridad Social y/o Hacienda ¿pueden repercutir en mí? Es decir, ¿puedo heredar su deuda en caso de que no la puedan pagar? ¿O eso solo le compite a su hijo, mi marido?

Era por saber si merece la pena cambiar el régimen de gananciales a separación de bienes para evitar que esa deuda, repito, de mis suegros, me perjudique en el futuro. En caso afirmativo, ¿hay que cambiar el régimen inmediatamente?

Mil gracias.

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Buenos días, las deudas de sus suegro no la afectan directamente, debido a que la herencia es privativa, pero indirectamente puede que llegue a afectarle, puesto que si acepta la herencia, tal y como se conoce, puede que responda con sus bienes, y al estar en bienes gananciales, a su marido la corresponde el 50% de todo lo que tengan en común. En estos casos, lo mejor es aceptar la herencia a beneficio de inventario, donde las deudas a heredar, se hacen frente con los activos de la herencia, sin perjudicar los suyos propios. Espero que le sirva la información, para cualquier aclaración o duda, puede contactar con mi despacho. Un saludo.

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Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
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No le afectará, porque las herencias son privativas y si su marido acepta la herencia de su suegro las deudas serán solo de su esposo, no de usted. A su marido le convendría hacer números y ver si le interesa aceptar la herencia de su padre y de hacerlo que lo haga a beneficio de inventario, que significa que las deudas solo se pagarán con bienes de la herencia.

Espero haber sido de ayuda

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buenas Tardes, en caso de fallecimiento de sus suegros las deudas solo podrían afectarle a su marido siempre que aceptase la herencia. No le afectaría porque lo que se recibe por herencia lo es con carácter privativo siempre que no se aporte a la sociedad de gananciales.

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