Pueden cambiarme el contrato de relevo indefinido jornada completa 40 horas semanales
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ABOGADO ACCIDENTES GALICIA Bufete Veiguela Lastra & Fernández Freire
Abogado de Lugo especializado en Derecho Laboral
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Contestado
Buenos días,
La modificación de la jornada Horaria constituye una modificación sustancial de las condiciones de trabajo. Art. 41.1 a) del Estatuto de los Trabajadores.
Tiene usted un plazo de 20 días para interponer demanda ante el juzgado de lo social.
Un saludo!
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