¿Pueden contraer matrimonio civil o eclesiástico?
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que dadas las peculiaridades del caso se ponga en manos de un abogado civilista, de ser posible especializado en derecho de familia, por cuanto por una parte tenemos una sentencia de incapacitación, de la que desconocemos su contenido, y, por otro lado, se atisba una gran diferencia de edad, que pudiera hacer creer al encargado del Registro Civil que se trata de un presunto matrimonio de conveniencia. Por ello, para evitar problemas legales le sugiero que les dirija el asunto un abogado matrimonialista.
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
Buenos días; Si la incapacidad es parcial para disponer de sus bienes, puede contraer matrimonio, ahora si la incapacidad es para regir su persona habrá que ver en que terminos se ha dictado la sentencia declarando la incapacidad a que usted se refiere. Puede consultar con este despacho y en cualquier caso valorar la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo
Si el juez encargado del registro civil entiende que está en plenas facultades mentales, sin duda alguna.
Hay que tramitar un expediente matrimonial ante el Registro Civil, y si ella es extranjera, se pondrán muy duros para evitar una fraude, o lo que se conoce como matrimonio de conveniencia.
Abogado a Comisión en Madrid Blanco Segarra Abogados
Abogado de Madrid especializado en Responsabilidad Civil
Tendría que saber a qué se refiere con incapacidad parcial. Si es civil, depende de lo que diga la Sentencia de o capacitación.
Siento no poder ser más claro pero sin ver la Sentencia no se puede contestar a esa pregunta