¿Pueden llevarme a juicio por prueba de paternidad?
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Abogado de Madrid especializado en Derecho de Sucesiones y Donaciones
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Mejor respuesta según autor
Buenas noches.
Le puede presentar una demanda de paternidad en el juzgado de primera instancia, y lo normal es que solicite una prueba de adn para demostrarlo, por lo que si realmente no es suyo, no se le reconocerá la paternidad.
Para ese procedimiento necesitara la intervención de abogado y procurador, pero si se le presenta la demanda no tendrá mas remedio que acudir y oponerse.
Puede ponerse en contacto con nosotros en el botón verde situado más abajo. Un cordial saludo
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Abogado de Alcobendas especializado en Derecho Civil General
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Buenos días: Puede iniciar el procedimiento para determinar la filiación contando con la prueba indiciaria de haber mantenido una relación sentimental con usted y dentro del procedimiento practicar como prueba el examen del ADN para conocer si es el padre de la criatura. Puede valorarme la respuesta que le acabo de facilitar. Un saludo
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Buenas tardes, para iniciar este procedimiento es necesario la prueba de paternidad, de forma que si esta es negativa y obviamente no es su padre no se le va a conceder la paternidad, puede estar tranquila.
Un saludo
Buenos días,
Pueden interponerle una demanda de paternidad, seguramente acompañada de una prueba de ADN para demostrar su paternidad biológica.
En AvinAbogados ofrecemos nuestra experiencia en resolver este tipo de casos.
Le proponemos una primer entrevista, sin compromiso, para poder estudiar con detalle su caso y proponerle la mejor estrategia para la defensa de sus intereses
Un saludo
Abogado Divorcio Fuenlabrada Sánchez Arevalillo Abogados
Abogado de Fuenlabrada especializado en Derecho de Familia
Si las pruebas de paternidad (adn) son negativas no podrá demandarla, por el contrario si son positivas el padre biologico podrá solicitar como minimo un regimen de visitas de la menor, será importante que llegado ese momento se conteste a la demanda que eventualmente pudiera interponer este señor, ya que por pedir con una prueba de ADN podria pedir hasta una custodia compartida de la menor.
Si se demuestra que el hijo no es suyo no podrá reclamar la guardia y custodia ni derecho de visitas, tampoco el ejercicio de la patria potestad. Pero tampoco estará obligado a pagar pensión de alimentos.
Abogado de Familia Mostoles Eduardo Llarena Jarabo
Abogado de Móstoles especializado en Derecho de la Vivienda
Se esa persona le demanda tendrá que oponerse, y dependiendo del resultado del ADN se decidirán visitas y alimentos.