¿Pueden meterte en la cárcel por no pagar 480 euros?
ABOGADO RECLAMACIONES DE CANTIDAD BARCELONA - GC ABOGADOS
Abogado de Barcelona especializado en Reclamaciones de Impagados
buenas tardes.
efectivamente las penas de multa van aparejadas a una pena de prisión en caso de impago de multa, 1 día de presión por cada dos cuotas impagadas. Así pues la única manera de que no entre en prisión es que pague. puede aportar documentación acreditativa de que no tiene ningún ingreso y tiene gastos para que el Juez deje en suspensión la pena. Sería lo más viable en este caso para evitar entrar en prisión. Espero haberle ayudado, si tiene cualquier duda o quiere que redactemos la suspensión de la pena, puede ponerse en contacto conmigo. Saludos cordiales.
ABOGADO VIOLENCIA DE GENERO GRANOLLERS Silvia Catot
Abogado de Granollers especializado en Derecho Penal Común
Buenas noches,
Como bien le indica el compañero penalista de Sabadell consulte con su abogado, pues como la pena inicial era de prisión y ya la convirtieron en multa, en teoría debería cumplir los 2 meses de prisión inicialmente acordados si no ha pagado ninguna cuota. Pero esta pena es muy corta y yo intentaría hacer alguna gestión.
Si no tiene contacto con su abogado puede pedir sus datos en el Colegio de Abogados, si era de oficio y no es de su confianza puede renunciar y solicitar nueva designa. Pero hable con él antes de hacer nada.
Un saludo,
ABOGADO PENAL SABADELL Joaquim M. Zuriaga
Abogado de Sabadell especializado en Derecho Penal Común
Buenas tardes,
Si no lo interpreto erróneamente, su sobrino fue condenado a 2 meses de cárcel (quedando la misma suspendida) y al pago de una multa de 480 euros fraccionados. El incumplimiento del pago de la multa implica 1 día de privación de libertad por cada dos cuotas de impago. SIN EMBARGO en esta situación podrían haber numerosas circunstancias conforme a la jurisprudencia. Consulte con su abogado que le ha llevado el procedimiento y le podrá informar con más detalle y concreción. Atentamente.
Si le condenaron a una multa, y la impaga se puede cambiar por prisión pero si él no tiene medios económicos se podría mirar de hacer una sustitución por trabajos en beneficios de la comunidad (TBC).
Sería conveniente que nos consultaras con la sentencia para poder estudiarla con detenimiento y mirar la mejor solución posible.
También se puede pedir un fraccionamiento.
Diganos cuando puede venir al despacho sito en poble sec.
Gracias.
Advocat Divorci Mataró Mª TERESA ALIBERAS MORROS
Abogado de Mataró especializado en Derecho de Familia
Parece que en su caso se le impuso una pena de prisión y se le sustituyó por una multa con responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago, por ello le han dicho que si no paga puede ir a la cárcel y el tiempo será más o menos días en función del importe que haya pagado ya. Debería de consultar con el abogado que le llevó el asunto.
Saludos cordiales
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Le sugiero que consulte el asunto con el abogado que le ha asistido, y para evitar sorpresas desagradables, sería conveniente que algún familiar le dejará el dinero y pagara, es la solución más rápida y certera.
Abogado Extranjería Barcelona Patón Abogados
Abogado de Barcelona especializado en Derecho del Trabajo
Sí que podría solicitarse el ingreso en prisión. El Código Penal, en su artículo 53, prevé por el impago de las multas un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas. En función del importe que quede por pagar así sería su extensión.
Buenas tardes,
Podría ingresar en prisión por no pagar, pero no sería mucho tiempo y no es habitual. Si lo desea podemos personarnos en la causa como su defensa para ver que tienen exactamente contra él. Quedamos a su disposición.
Si no paga responsabilidad subsidiria personal. Pero tendría que interesar en la ejecución un cambio por Trabajos en beneficio de comunidad y si se lo acuerdan evitaría ir a la cárcel .
Abogado Compra Venta de Empresas Barcelona Javier Santos Giralt
Abogado de Barcelona especializado en Derecho Civil General
En principio no. Debería solicitar pagar con ayudas a la comunidad .