¿Pueden ponerme una querella por vender un temario de una academia vía internet?
Abogado Arrendamientos Bilbao José Luis Rodríguez López Abogado
Abogado de Bilbao especializado en Derecho Civil General
El art. 270 del CP se refiere a aquellas conductas que perjudican los derechos de autor, por lo que a Vd. le pueden acusar en grado de tentativa de vulnerar esos derechos. Por supuesto, quien denuncie debe demostrar que es titular, bien porque es autor o porque los ha adquirido, de dichos derechos. Su conducta posterior muestra una rectificación que le favorece, pero, por si la denuncia ya está interpuesta y tramitándose, es ciertamente aconsejable que se busque un abogado.
Mientras no se le notifique la interposición de denuncia alguna contra usted no tiene que preocuparse. Además, por lo que refiere, podríamos estar ante la comisión del delito en grado de tentativa.
Abogado Castellón - JULIO PLANELL FALCO
Abogado de Castelló de la Plana especializado en Derecho Urbanístico
Aunque el tema es delicado, el presunto delito no se ha consumado, por consiguiente hasta que no le llegue demanda o querella, entiendo que no necesita abogado.
ABOGADO INDEMNIZACION VALENCIA CASES DE DRET ABOGADOS
Abogado de Torrent especializado en Derecho Penal Común
yo esperaría a que le denunciaran y entonces moverse en función de los hechos denunciados,