¿Puedo consultar los movimientos bancarios siendo heredero por testamento?

Hola. Soy heredero según consta en testamento de un familiar fallecido, era soltero, sin descendencia ni ascendencia.
Tengo toda la documentación necesaria para aceptar la herencia, incluidos certificados de saldos bancarios a fecha de fallecimiento.
Tiene varias cuentas en tres entidades bancarias, en todas ellas consta como cotitular junto a un hermano que convivía con el en la casa del fallecido, al cual no a dejado herencia en su testamento.
Tengo sospechas de que su hermano, sabedor de que no va a percibir nada de sus bienes, ha retirado o transferido días antes de la muerte el saldo de las cuentas a una propia, aprovechando que su hermano estaba ingresado en el hospital en fase de enfermedad terminal.
Ante esta situación, he decidido acercarme nuevamente a las tres entidades bancarias a pedir extracto de movimientos desde el día que ingreso en el hospital hasta el día de fallecimiento (un mes).
En dos de ellas no ha habido ningún problema y me los han facilitado al momento, sabedores de que en su día presente toda la documentación que me solicitaron para acreditar que era heredero legal del difunto (vivo en un pueblo no muy grande y nos conocemos todos), pero en la tercera que es en la que tengo sospechas, se han negado en rotundo a facilitarme los extractos, diciéndome que hasta que no haya aceptado la herencia no podían facilitarme dicha información. Les he dicho que aunque no puedan darme los extractos de movimientos, por lo menos, que me den la situación de las cuentas a fecha del día que ingreso en el hospital (al igual que han hecho cuando solicité los certificados a fecha de fallecimiento), a lo cual también se han negado.

Desearía que me aconsejaran sobre este tema, pues según me han informado el cotitular en estos casos solamente puede disponer del 50% de los saldos de las cuentas.

Gracias.

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Abogado Mercantil Zaragoza ALBERTO HERNÁNDEZ PINILLA
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Buenas tardes. Antes del fallecimiento, el cotitular podría disponer de la totalidad de la cuenta. Cosa distinta es lo que ocurre tras el fallecimiento, momento a partir del cual la entidad bloquea las cuentas en cuanto a los bienes del fallecido. Si son cotitulares bloquearían el 50%, pero hay entidades que no bloquean y el cotitular podría disponer.
Ahora bien, otra cosa es que si el dinero procede en su mayoría del fallecido, la disposición que realice el hermano pueda ser puesta en entredicho en un juzgado y debería devolverlo porque ha perjudicado a los herederos.
Es un tema controvertido. Quedo a su disposición para aclarar lo que crea conveniente.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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LABE Abogados

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Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Económico

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