¿Puedo dejar de pasar la pensión a mi hija de 24 años?

Tengo una hija de 24 años que ya ha terminado su carrera y su segundo Máster, en estos momentos se encuentra desde hace unos meses trabajando como becaria en un centro y impartiendo clases privadas por la tarde a dos menores, cuando e decididoh comunicarle mi intención de suspender la pensión me ha preguntado que porque, que ella no tiene un trabajo por el cual cotice a la Seguridad Social y que su trabajo es una beca de la Comunidad de Madrid por lo cual no percibe dinero en negro.
La pensión no se ha revisado nunca y mi pregunta es: si puedo dejar de pasarla la pensión o bien me puede demandar por ello o bien me puede perjudicar pidiendo una revisión de estos años a tras.
He de decir que actualmente tengo otros dos hijos los cuales no conocen prácticamente a su hermana ya que ella jamas a cumplido con lo pactado en el régimen de visitas y tan solo ha estado en dos ocasiones en mi casa posiblemente en estos últimos 15 años nos hayamos visto 4 veces, con esto quiero indicar que no hay una relación fluida.

Respuestas de otros profesionales:
Basic
Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
Contestado

Las circunstancias que comenta son relevantes como para dar un paso en la vía judicial si no logra convencer a la otra parte de su postura, algo que siempre debe intentar por tratar de evitar el conflicto familiar. Ahora bien, si siguen sin querer comprender su postura tendrá que plantear un proceso de modificación de medidas en relación con el cual le aconsejamos siempre que hable con el abogado que vaya a contratar para ello; dejar de pagar sin más supone asumir el riesgo de que presenten una denuncia contra usted por impago de pensiones, algo que al final siempre le complicará la vida, sea cual sea el resultado del procedimiento penal. Si desea contar con nuestro asesoramiento puede ponerse en contacto con nosotros por teléfono o email.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Avin Abogados

Avin Abogados

Abogado de Madrid especializado en Derecho de Familia

VER PERFIL
Contestado

Buenos días,
Podría solicitarse una modificación de medidas, a priori, con las condiciones que aquí describe.
Le aconsejamos que se deje asesorar por un abogado para mantener una buena estructura de negociación y no hacer entrar los sentimientos.
No deje de pagar la pensión de alimentos sin antes iniciar ,formalmente (inicialmente le recomendamos hacerlo de modo amistoso), una solicitud de modificación de medidas; podría acarrearle fuertes problemas de índole penal.
Le proponemos nuestra experiencia en resolver estos casos, desde AvinAbogados

Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
Contestado

Buenos días: Habría que ver el contenido de la sentencia de divorcio y en su caso convenio regulador suscrito por los conyuges, para ver los términos pactados en relación a la pensión de alimentos y su duración, no obstante usted puede solicitar modificación de las medidas acordadas en sentencia, para suprimir la pensión, cuestión distinta es que el juzgado lo estime porque tendria que acreditar con esa edad que tiene vida independiente, y precisamente trabajando de becaria, la remuneración es muy baja. Un saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ARANZAZU ABOGADOS

ARANZAZU ABOGADOS

Abogado de Salamanca especializado en Derecho Mercantil

VER PERFIL
Contestado

En la situación que expone, debe extinguirse la pensión de alimentos, porque es independiente de lo que ella gane, ya está formada, y tiene posibilidad de acceder al mercado laboral, de hecho ha accedido, y trabaja en economía sumergida.

Puede interponer demanda de modificación de medidas para extinguir la pensión, o actuar por la vía de hecho, y cuando ella le demande, si lo hace, reconvenir para solicitar la extinción.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
Contestado

Buenas noches.
Es muy posible que pueda dejar de pasar la pensión a su hija, pero no de cualquier forma, ya que habría que pedir una revisión de pensión.
En cuanto a la reclamacion, es posible que si su hija la realiza no prospere, ya que se le ha pasado el plazo, puesto que debería haberlo reclamado en su momento, ahora se puede negar.
Si desea cualquier aclaración puede ponerse en contacto con nosotros.

Un cordial saludo

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
Basic
ABOGADOS PENALISTAS MADRID - ALONSO ROMÁN Y ASOCIADOS
Contestado

En muchas ocasiones hemos presentado demanda para eliminarla.
Si el juez no la retira aún, si que es fácil que la rebaje y le ponga un límite temporal.
Hemos tenido muy buenas experiencias al respecto.

Quedamos a su disposición.

No dude en ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado