¿Puedo pedir una orden de alejamiento para una persona si he vivido con ella?

Yo he vivido de alquiler en casa de una mujer y al final del mes agosto ha empezado a insultarme y gritarme, estaba buscando siempre pelea y me ha acusado que quería acostarme con su hijo y no es verdad.

¿Podría obtener una orden de alejamiento para los dos y daños y prejuicios? He ido la policía pero no e resuelto nada. ¿Qué puedo hacer? No quiero que me insulte por la calle. Solo quiero que me deje en paz.

Respuestas de otros profesionales:
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Abogado Herencias Logroño Blasco Abogados
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En principio la relevancia penal de lo que cuenta está cogida por los pelos y depende, especialmente, de la gravedad de los insultos y de que pueda probarlos si la otra persona lo niega, lo cual es difícil si no tiene testigos o registrada la grabación de lo sucedido. Tal vez, lo más prudente sea hacer mejor los deberes y estar preparada por si sucede de nuevo, es entonces cuando tendrá más posibilidades de éxito si denuncia. El miedo, sin más, no puede justificar una medida de protección como la que pretende, por lo que es más que probable que no sea acordada y, en este sentido, no se aconseja dicha petición. Si desea contactar con nosotros puede hacerlo por teléfono o email, ya que trabajamos en toda España y también damos asesoramiento telefónico y online en casos como el suyo.

Esta respuesta es orientativa y no supone un dictamen jurídico ya que el profesional no dispone de toda la información del caso. Para completar la información, por favor contacte con este Abogado
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Abogado Herencias Madrid SERGIO PADROS
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Buenas tardes.
En principio se puede pedir una orden de alejamiento, pero hay que demostrar el peligro que puede usted tener, y no solo los insultos, para lo cual tendrá que poner una denuncia por insultos y amenazas, haciendo constar ademas, sino que ha sufrido amenazas, y tiene miedo.
Si desea cualquier aclaración pongase en contacto con el despacho.
Un cordial saludo

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Despacho Jurídico Concepción Núñez

Despacho Jurídico Concepción Núñez

Abogado de Madrid especializado en Derecho Penal Común

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Buenas tardes, denuncie los insultos, la policía tramita la denuncia pero no puede hacer nada más, el Juez es el encargado de tomar las medidas. La orden de alejamiento la puede pedir, para que la concedan debe haber un peligro objetable por el juzgador y una situación real de riesgo, en cuanto a los daños y perjuicios olvídese de ellos, por unos insultos no hay indemnización aunque condenen a la otra persona. Quedo a su disposición, un saludo.

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Abogado recobro de impagados en Alcobendas - Maria Carmelita Garcia Diaz
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Vd puede denunciar las vejaciones o amenazas que le esta haciendo esta persona, ante la policía o el propio juzgado para que obtenga una sentencia de condena hacia ella con el alejamiento que vd interesa. Para mayor información puede consultar con este despacho y le atenderemos. Un saludo

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